TENGO UNA DUDA PARA UNOS PAGOS PROVISIONALES DE UNA SOCIEDAD.
PARA LOS MESES DE ENERO, FEBRERO Y MARZO, SE QUE TENGO QUE HACER EL CALCULO PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CON EL COHEFICIENTE DE UTILIDAD DEL EJERCICIO ANTERIOR, EN ESTE CASO CON EL EJERCICIO DE 2007, MI PREGUNTA ES ¿PARA EL PAGO PROVISIONAL CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL, PUEDO HACER EL CALCULO TAMBIEN CON EL COHEFICIENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR, O YA TENGO QUE HACER EL CALCULO CON EL COHEFICIENTE DE LA DECLARACION ANUAL QUE ACABO DE PRESENTAR AHORA EN MARZO QUE ES LA DECLARACION DEL EJERCICIO DEL 2008?
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13/May/09 13:04
Re: COHEFICIENTE DE UTILIDAD
Sugiero documentarse con el Art 14 LISR para estos cuestionamientos.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?