20/May/09 15:49
Re: Asesorías dejadas de cobrar en 2008
Antes que nada debes establecer que tipo de contribuyentes es para cada parte de la relacion comercial o del servicio.
Por lo general las asesorias son por PM con fines no lucrativos, tributan en el Titulo III de la LISR y por tal razon, no acumulan ingresos que no fueron cobrados.
Por otro lado, las PM Titulo II, si las acumularian ese tipo de ingresos.
En el caso de las deducciones: Las del Titulo III, debe haber erogado efectivamente esas deducciones y contar con documentacion comprabatoria para deducir, apropiadamente esos conceptos.
En cambio las del Titulo II, como no se obtuvo comprobacion con fecha de ese ejercicio, no debe proceder su deduccion en el ejercicio 2008. Pero, de conseguirse la documentacion comprobatoria con fecha de 2009 y es liquidada esas partidas, pudiesen deducir las partidas comentadas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?