orientación, tengo duda referente a como tributar en el regimen simplificado, esto debido a que una persona de hacienda (auditor) le hizo un comentario a una de las persona s q va ser socio en la creacion de nueva empresa de reparto local y foraneo, son transporte pero sin placa federal, esta persona de hacienda comentó q para estar en regimen simplificado tenia q traer placas federales, aun siendo q la empresa q se va a crear es transporte de raparto local y foraneo. no se si alguien tenga un comentario sobre esto...
Segun el Art. 79 y 80 LISR Tributan en este regimen las personas dedicadas al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros,
NO dice que tenga que ser unica y exclusivamente transporte federal, Dice transporte terrestre de carga o de pasajeros.( Entiendo que es local o federal )