13/Jun/05 14:43
Re: 2% SOBRE NOMINA EN GTO.
complementando lo que dijo businessmark:
a)las indemnizaciones por riesgos o enfermedad profesionales.
b) Pensiones y jubilaciones en casos de invalidez, cesantia, vejez y muerte.
c) Pago por gastos funerarios.
d) Indemnizaciones y primas de retiro por resiscion o terminacion de contrato.
e) La alimentacion y habitacion cuando se otorguen con cargo al salariod el trabajador.
f) Primas de seguro por gastos medicos o de vida.
g) Aportaciones del SAR, INfonavit, IMSS.
h) los pAGOS DE TIEMPO EXTRAORDINARIO CUANDO NO REVASE 3 HRS DIARIAS NI 3 VECES A LA SEMANA Y TAMPOCO CUANDO ESTOS SERVICIOS SE PACTEN EN FORMA DE TIEMPO FIJO.
ESPERO TE HAYAN SERVIDO MIS COMENTARIOS SALUDOS,
vive el hoy al maximo como si fuese el ultimo .