Una persona de regimen intermedio puede asignarse un sueldo y presentarlo en su contabilidad como asimilado a salarios? O de que manera pudiera tener de su negocio ingresos para sus gastos personales :?
III. Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, [color=blue:ea22424243]así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.[/color:ea22424243]
Mensajes:
41 Ingresó:
Diciembre 15, 2004 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
18/Jun/05 19:11
Re: asimilados a salarios
NO, no se vayan por el lado equivocado
La persona Física puede disponer de sus utilidades en el momento que asi lo desee, si pusieras un sueldo de todas formas es parte de su ingreso y el impuesto es el mismo.
Que retire utilidades conforme lo requiera y el pagos de sus impuestos sera la diferencia entree sus ingresos y gastos deducibles.
Saludos
'El futuro no es de quienes los saben todo, si no de quienes constantemente estan aprendiendo'
Entiendo, asi que al mes después de haber pagado sus impuestos por la actividad empresarial como regimen intermedio (por lo ingresos acumulados).Podria disponer del monto que desee, la unica desventaja es que descapitalizaria si retira de manera excesiva.
Y no se podrìa manejar como asimilados a salario toda vez que en la declaraciòn anual tendria que acumualar por lo ingresos asimilados.
Y en la declaración informativa no podría poner el RFC como patron y como asimilado.