No se cual sea su objetico con que fin se haya constituido pero
En la LISR TITULO III DEL REGIMEN DE PERSONAS MORALES NO CONTRIBUYENTES, podrás encontrar algo
Si, en específico es sobre los remanentes, ¿éstos son deducibles? y ¿es correcto que la utilidad generada cada mes se les pague a los socios como remanentes? y de esta forma no tener base para pago provisional de la SC?