21/Jun/05 22:51
¿Se deben requisitar los anexos de clientes y proveedores del Dictamen, cuando ya se presentó la declaración informativa correspondiente?
No, en el SIPRED únicamente anotará la fecha en que haya presentado la declaración de clientes y proveedores, en las columnas referidas al “CONCEPTO”, dos líneas debajo del campo: nombre del cliente/proveedor, según se trate del anexo 25 ó 26.
Fundamento: Regla 2.10.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2005.
este texto, lo tome de la pagina del sat, tambien en un curso de resolucion miscelanea, al que fui la semana pasada, comentaron que solo en el dictamen se informaria cuando se habia presentado la declaracion, pero desgraciadamente el despacho de auditores insistentemente me esta pidiento la base de datos que se genera en acces, al generar la declaracion informativa de clientes y proveedores.
les he hecho un escrito el cual fundamento con la regla 2.10.23, ya que de momento no cuento con la base de datos por estar la computadora en reparacion, desgraciadamente mi auditora es una persona terca.
si alguien lee este mensaje y es empresa dictaminada, podrian decirme si ya presentada en tiempo la informativa de clientes y proveedores, y proporcionando la fecha de presentacion, aun les piden la base de datos, segun , por que la deben vaciar en el sipred 2004.
gracias, de verdad espero puedan comprenderme, pero no les gustaria conocer a la contadora que me audita
saludos
AIDA HERNANDEZ SANCHEZ
aidahersan@hotmail.com