Hola, :( Estoy un poco atorada con lo referente a asimilables a salarios, alguien podria auxiliarme con el tratamiento fiscal y contable de este tema. se que se calculan con las tarifas del 113 y 114 pero tengo mis dudas en el calculo, alguien me puede ayudar. Se los agradeceria infinitamente.....
Mil gracias!!!! :) [color=darkred:46b40ce12f][/color:46b40ce12f][size=18:46b40ce12f][/size:46b40ce12f][/b]
Calculas la base gravable menos el limite inferior por la tasa que el corresponde y obtienes el impuesto marginal al cual le sumas la cuota fija despues le restas el subsidio acreditable, retenciones y pagos provisionales y obtienes el impuesto a cargo
En los criterios del SAT menciona que sí se le aplica la misma proporción que a un trabajador pero el Art 33 Fracción III Párrafo III CFF dice que los criterios no crearán obligaciones sólo derechos:
[i:bf915ebe56]III. Asimismo, las autoridades fiscales darán a conocer a los contribuyentes, a través de los medios de difusión que se señalen en reglas de carácter general, los criterios de carácter interno que emitan para el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales, salvo aquéllos que, a juicio de la propia autoridad, tengan el carácter de confidenciales, sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación. [/i:bf915ebe56]