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30/Jun/05 18:01
urgente!!!!!! ayuda!!

buenas tardes, necesito su ayuda, asi un contribuyente que tributaba en el regimen simplificado anterior a la reforma del 2002, pero con esta reforma ahora tributa en titulo II regimen general. la pregunta es: si pueden deducir los bienes comprados en el anterior regimen, cual seria el fundamento y si hay un criterio del sat??

Gracias!!
 
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alinemendez
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30/Jun/05 18:14

me supongo que de 2001 hacia atras hiciste:


entrada: la expedicion del cheque.

salida: la adquisicion del bien.

............
entonces en su momento hiciste la deduccion del mismo por lo cual no podras hacerla nuevamente.

esperemos mas opiniones, mi memoria no esta tan fresca.

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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30/Jun/05 18:17
Re: urgente!!!!!! ayuda!!

si eso es correcto, pero en ese regimen no se maneja la depreciacion fiscal, mi duda es si no lo podria hacer ahora en el nuevo regimen?
 
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alinemendez
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30/Jun/05 18:27
Re: urgente!!!!!! ayuda!!

[quote:263f3bf6ef="alinemendez"]si eso es correcto, pero en ese regimen no se maneja la depreciacion fiscal, mi duda es si no lo podria hacer ahora en el nuevo regimen?[/quote:263f3bf6ef]


en mi opinion en simplificado de ese año (ley 2001 hacia atras), no existia la depreciacion, puesto que la compra del bien representaba una salida y, eso le daba una especia de "deduccion inmediata".

...y si ya lo deduciste anteriormente, no lo podras hacer de nuevo, aun y cuando el regimen nuevo tenga esa opcion, pues como menciono, ya se hizo la deduccion via "salida".


saludos!
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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30/Jun/05 18:32
Re: urgente!!!!!! ayuda!!

[quote:2f5f477194="LEALQUIQUE"][quote:2f5f477194="alinemendez"]si eso es correcto, pero en ese regimen no se maneja la depreciacion fiscal, mi duda es si no lo podria hacer ahora en el nuevo regimen?[/quote:2f5f477194]


en mi opinion en simplificado de ese año (ley 2001 hacia atras), no existia la depreciacion, puesto que la compra del bien representaba una salida y, eso le daba una especia de "deduccion inmediata".

...y si ya lo deduciste anteriormente, no lo podras hacer de nuevo, aun y cuando el regimen nuevo tenga esa opcion, pues como menciono, ya se hizo la deduccion via "salida".


saludos![/quote:2f5f477194]

TOTALMETE DE ACUERDO CONTIGO LEALQUIQUE, SI SE DEPRECIAN ESOS BIENES DE LOS QUE HABLAS ESTARIAS HACIENDO DOBLE DEDUCCION.
 
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Danielgc73
Cabo

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30/Jun/05 18:35

[quote:2a471924fc="LEALQUIQUE"]me supongo que de 2001 hacia atras hiciste:


entrada: la expedicion del cheque.

salida: la adquisicion del bien.

............
entonces en su momento hiciste la deduccion del mismo por lo cual no podras hacerla nuevamente.

esperemos mas opiniones, mi memoria no esta tan fresca.

saludos![/quote:2a471924fc] hola tienes informacion sobre liquidacion de sociedades desde el punto de vista fiscal
 
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alfgaitan
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30/Jun/05 18:37

[quote:63574e465e="alfgaitan"] hola tienes informacion sobre liquidacion de sociedades desde el punto de vista fiscal[/quote:63574e465e]

siento no poder ayudarte, pues no tengo material ni he tenido un caso asi, pues no se si podria orientarte :( .

si consigo algo te lo envio.

:) saludos! :)
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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