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06/Jul/05 16:11
Re: tratamiento de los préstamos.

Buena tarde:
Complemento

La acumulación de los intereses se encuentra regulada en el articulo 168 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Tratándose de ganancia cambiaria y de los intereses a que se refiere este capitulo, se estará a las siguientes reglas:

En relación con la acumulación de interés en el segundo párrafo de la fracción V de este artículo dice: los intereses percibidos en los términos de este articulo, excepto los señalados en la fracción IV del mismo, serán acumulables en los términos del articulo 159 de esta ley. cuando en términos del articulo citado el ajuste por inflación sea mayor que los interés obtenidos, el resultado se considerara como perdida.

Por su parte el articulo 159, de la LISR reza: Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos los intereses reales percibidos en el ejercicio.

Las obligaciones del acreedor (prestamista) están contempladas en el articulo 169 de la Ley en comento: los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en el articulo 168 de esta ley, por los mismos efectuaran dos pagos provisionales semestrales a cuenta del impuesto anual excepto por los comprendidos en la fracción IV del citado articulo.

[color=red:90f385a2ad]Conclusión los intereses están gravados tanto por el Impuesto Sobre la Renta como por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en los términos antes expuestos[/color:90f385a2ad]
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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06/Jul/05 17:13
Re: tratamiento de los préstamos.

Primeramente, el que te va a prestar el dinero es contribuyente, si no es asi se puede hacer un contrato sin intereses a devengar para que no te metas en tanto lio...

Saludos
 
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Chuyduran
Sargento Segundo

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06/Jul/05 17:52
Re: tratamiento de los préstamos.

Cual sería .....la propuesta para que haga deducibles los intereses que estará pagando....? El acreditameinto del IVA? Siempre hay que dar certeza jurídica a las partes.

Aunque en materia de ISR no existe obligación de emitir comprobantes, en la fracción III del artículo 31, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, solicita que se recabe documentación que reúna los requisitos que señalan las disposiciones fiscales.
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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06/Jul/05 20:05
Re: tratamiento de los préstamos.

Gracias por tu a portacion a_cano
 
AYALA BARAJAS Y CIA SC msn <a href=""mailto:florencioayala@hotmail.com"">florencioayala@hotmail.com</a>
 
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FLORENCIOAYALA
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06/Jul/05 20:50
Re: tratamiento de los préstamos.

Buena noche:
De igual manera saldudos.
 

 
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a_cano
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06/Jul/05 21:40
Re: tratamiento de los préstamos.

no graban ni para isr ni para iva los prestamos en virtud de que son prestamos y no ingreso; la Ley del ISR grava los ingresos y la Ley del IVA los actos o actividades y no es ninguno de los dos; eso siempre y cuando este bien soortado y la persona que te hizo el prestamo pueda acreditar la procedencia del dinero que te presta
 
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cesaroberto
Soldado

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06/Jul/05 22:17
Re: tratamiento de los préstamos.

Buena noche:
A manera de conclusión y no confundir más al colega Vázquez:

[color=red:4bf2e31e5f]Prestamo:[/color:4bf2e31e5f]
[color=red:4bf2e31e5f]Obligaciones del Deudor:[/color:4bf2e31e5f]Únicamente informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos los donativos y los premios obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan $1,000,000.00.

El préstamo [color=red:4bf2e31e5f]NO[/color:4bf2e31e5f] se acumula para ISR, así como también [color=red:4bf2e31e5f]NO[/color:4bf2e31e5f] causa IVA.


[color=red:4bf2e31e5f]Intereses:[/color:4bf2e31e5f]

El acreedor (Prestamista) [color=red:4bf2e31e5f]acumula para ISR [/color:4bf2e31e5f]en los términos de los artículos 168, 159 y 169 de la LISR.

[color=red:4bf2e31e5f]Causan IVA [/color:4bf2e31e5f]a la tasa del 15%, en los términos de los artículos 14, fracción VI y 15 Fracción X.

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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07/Jul/05 8:48
Re: tratamiento de los préstamos.

Muchas gracias a todos por sus aportaciones y por su ayuda.
 
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VÁZQUEZ
Cabo

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07/Jul/05 9:36
Re: tratamiento de los préstamos.

[quote:d83d96f0d6="VÁZQUEZ"]Muchas gracias a todos por sus aportaciones y por su ayuda.[/quote:d83d96f0d6]

[color=green:d83d96f0d6]Hola VAZQUEZ:

Ya que quedó claro lo del IVA e I.S.R., por si te toca ver lo fiscal de la parsona que otorgue el préstamo cerciorate que actividad tiene.


Estamos en contacto.[/color:d83d96f0d6]
 

 
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SaúlCastroVázqz
Capitán Primero

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