Buenas tardes...
Una persona que tributa en el regimen Intermedio, y le pagan con un cheque en dolares, por una venta que efectuo, puede facturar en dolares o tiene que facturar en pesos por el tipo de ambio?
YO PIENSO QUE SE PUEDE FACTURAR EN CUALQUIERA DE LAS DOS FORMAS YA SEA EN DLLS. O EN MONEDA NACIONAL TU TENDRIAS QUE CONTABILIZAR EN MONEDA NACIONAL AL TIPO DE CAMBIO DEL DIA
coincido con el companero, aunque el Codigo de Comercio establece que todas las operaciones en Mexico deben de efectuarse con la moneda de uso coriente la cual es el peso, no existe inconveniente para facturar en dollares siempre y cuando en la contabilidad obligatoriamente lo registres en pesos.
De acuerdo al artículo 8o., primer párrafo de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, prescribe que las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la República para ser cumplidas en ésta, se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en el lugar y fecha en que deba hacerse el pago.
Por lo cual no hay ningun problema en que emitas una factura en dolares, cabe destacar que tampoco habria el problema de contabilizar ya que no podrias generar una perdida o utilidad cambiaria por ser persona fisica y estar bajo el esquema de flujo de efectivo.