12/Jul/05 15:16
Buenas tardes.
Conchys, la respuesta la encuentras en la regla 2.9.1 que dice: Para efectuar los pagos provisionales, mensuales, trimestrales, cuatrimestrales o semestrales, que debieron haberse presentado a más tardar en el mes de julio de 2002, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, se utilizarán las formas oficiales que a continuación se relacionan:
I. Los pagos provisionales a que se refiere el primer párrafo de esta regla y, en su caso, la primera parcialidad y las retenciones que deben enterar los contribuyentes del ISR, IMPAC, IVA, IVBSS e impuesto sustitutivo del crédito al salario, la forma oficial 1-D o 1-D1, según corresponda.
Espero lo anterior te sea de utilidad.
¡¡Saludos!!
Aprender es remar contra la corriente: si no avanzamos, se retrocede.