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18/Jul/05 18:02
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

Muchas gracias a todos por sus valiosas aportaciones, en fin vere como procede la autoridad y en su momento interponer los recursos correspondientes.


Mil gracias nuevamente.


crissroses. :D
 
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crissroses
Soldado

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19/Jul/05 18:57
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

HOLA

NO QUISE DEJAR PASAR EL TEMA, EN REALIDAD LA AUTORIDAD FISCAL TIENE RAZON. AHORA VAMONOS A LAS SANCIONES Y LAS INTERPRETACIONES DE LA LEY (PUEDES PERDER), COMO AUDITOR DE HACIENDA OBVIO SIEMPRE VOY TRAS EL MONTO.

LAS ACTAS DEBEN SER PROTOCOLIZADAS, ESO ES UN HECHO, VUELVO A LO MISMO NO TODAS LAS LEYES SON DE APLICACION ESTRICTA MUCHO OJO CON LO QUE SE DICE, Y LAS MERCANTILES NO TIENEN SUSTNETO DE ESA.........

NO HAY QUE HACERLE AL ABOGADO.

SI GUSTAS ENVIAME UN MENSAJE Y LO PLATICAMOS.

SALUDOS,
 
¿Quién sabe si el vivir no es una muerte, y sí, por el contrario, lo que llamamos morir no es sino el comienzo de la vida? Dios ha muerto ¡Dicen que lo mataron los hombres!
 
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FCAUNAM
Sargento Primero

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19/Jul/05 19:21
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

Verfica si puedes puedes registrarlas como aportaciones para futuros aumentos de capital, le haces un recibo al socio por su aportacion, aqui lo mas importante es, que la fuente de donde proviene el ingreso sea realmente del socio y sea demostrable, si esto no es asi, creo que estas frito.
 
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LOBO
Cabo

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19/Jul/05 23:15
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

Bueno continuando con mi comentario del foro anterior, resulta que quienes husmeamos en las dos prof, y nos especializamos en fiscal no podemos encerrarnos en nuestro castillo de leyes, ni en nuestra interpretación estricta, algun colega por ahi ya cito los articulos relativos al capitulo de sociedades de capital variable, resultas que las CV, están sujetas al tipo de sociedad que son y por tanto a las reglas que estas mismas establecen, por tanto cuando la sociedad de CV, es anónima, los aumentos de capital deben efectuarse través de asamblea extraor., debidamente protocolizada ante notario e inscirta en el RPP.

Saludos,
 
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FCAUNAM
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20/Jul/05 0:42
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

si es aportacion de capital si se debe estar en acta de asambles, ya sea ordinaria (debe estar protocolizada) o extraordinaria (debe estar protocolizada y registrada en el Registro Publico de Comercio).

Pero tambien puede ser Aportaciones para futuros aumento de capital, (no debe estar protocolizada, si hasta que se acuerde en asambles) que este juega para el ajuste por inflaciòn y no seria toda la aportaciòn como todo ingreso.

La unica duda si te los vana a acumular las aportaciones como ingresos presuntos, por que si lo hacen asì acepta salvo prueba en contrario
 
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delriotodito
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20/Jul/05 10:08
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

DEFINITIVAMENTE LOS AUMENTOS DE CAPITAL SE TIENEN QUE REALIZAR EN UNA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA, Y SEGUN EL ARTICULO 182 DE LA LGSM FRACCION III, Y EL ARTICULO 194 DE LA MISMA LEY MANEJA QUE DEBERAN SER NO SOLO PROTOCOLIZADAS SINO TAMBIEN REGISTRADA EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO.

¿AHORA PLATICANOS POR FAVOR COMO TE TIPIFICAN LA OMISION DE INGRESO, ¿EN QUE ARTICULO DEL I.S.R. Y/O DEL C.F.F. SE BASAN PARA LA CUMULACION? PARA VER SI TE PODEMOS AYUDAR.

GALVEZ
 
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galvez
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20/Jul/05 13:04
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

ES INTERESANTE LA PREGUNTA QUE HACES; ES VALIOSA TAMBIEN LA COLABORACION DE QUIENES HAN EFECTUADO LOS COMENTARIOS Y DEBEN SER TOMADOS EN CONSIDERACION; AHORA UN SERVIDOR TIENE LAS SIGUIENTES ACOTACIONES: SI LA REVISION QUE TE ESTAN DESARROLLANDO ES UNA VISITA DOMICILIARIA ENTONCES DEBES CONSIDERAR "LOS AUDITORES DEBERAN LEVANTAR LA ULTIMA ACTA PARCIAL EN LA QUE VAN A DAR A CONOCER LOS HECHOS U OMISIONES QUE CONOCIERON, EN LA MISMA NI SIQUIERA TE VAN A FUNDAMENTAR LOS ARTICULOS QUE SUSTENTEN LA PRESUNCION DE INGRESOS", "TODO LO QUE TE PIDAN LOS AUDITORES DEBERA SER POR ESCRITO, POR SALUD ES LO QUE DEBES CUIDAR", TE VAS A DAR CUENTA QUE EN LO QUE TE REQUIERAN EN NINGUN MOMENTO TE VAN A CONSIGNAR QUE YA ES UN INGRESO OMITIDO; ADEMAS CUANDO LA AUTORIDAD PRESUME INGRESOS, ESTO ES, "SALVO PRUEBA EN CONTRARIO"; TAMBIEN ES IMPORTANTE COMO ES QUE LLEGARON A COMENTARTE QUE ESTAS APORTACIONES SON INGRESOS PRESUNTOS: COMO LOS CONOCIERON; SI TU REVISAS LOS ARTICULOS 55, 56 , 57 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION NO ENCONTRARAS QUE COMO TAL LAS APORTACIONES DE LOS SOCIOS SON INGRESOS OMITIDOS SOLO POR QUE NO ESTEN PROTOCOLIZADAS LAS ACTAS, QUE A FIN DE CUENTAS ES UN ASUNTO DE FORMA NO DE FONDO; EN FIN ES UN ASUNTO QUE SI ESTAN EN ESA POSICION LOS AUDITORES SERA INVARIABLEMENTE UN ASUNTO DE LITIGIO UNA VEZ TERMINADA LA REVISION; SI ESTUVIERA EN TUS ZAPATOS, SIN PRETENDER SER PETULANTE, TE DIRIA QUE ESPERES A QUE LA AUTORIDAD TE LEVANTE LA ULTIMA ACTA PARCIAL, EN LA CUAL MUESTRAN SUS CARTAS, TODO LO DICHO POR ELLOS ANTES DE, SON ESPECULACIONES, SON ME PARECE QUE?, CREO QUE ?; NO CON ESTO DIGO QUE NO ESTES OCUPADA EN EL ASUNTO; POR OTRO LADO TE COMENTO QUE TE OCUPES EN CONOCER SI LOS ACCIONISTAS CUENTAN O CONTARON EN SU MOMENTO CON LA CAPACIDAD ECONOMICA PARA HACER ESAS APORTACIONES, SEGURAMENTE LES HARAN ALGUNA COMPULSA, YA LOS VERIFICARON EL EL R.F.C., EN FIN ES UNA SERIE DE ACTOS QUE PUEDEN O NO REALIZAR LAS AUTORIDADES.
COMO IDEA FINAL EN ESTE COMENTARIO ES:
"LO QUE LOS AUDITORES TE COMENTEN, MANIFIESTEN EN SU ULTIMA ACTA PARCIAL, EN EL ACTA FINAL E INCLUSIVE EN SU RESOLUCION, NO ES LA VERDAD ABSOLUTA, SIEMPRE HABRA UN ESPACIO PARA DEFENDERSE"....
 
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pako05
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20/Jul/05 18:50
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

Me llama la atencion que las aportaciones hayan sido en efectivo y que estas hayan sido destinadas para cubrir gastos. Las aportaciones debieron haber ingresado a bancos y luego de ahi cubrir los gastos, seria incorrecto que los gastos hayan sido pagados directamente por los socios, y que los hubieran registrado luego en acreedores.
Habria que cuanto tiempo tienen esas aportaciones pendientes de capitalizar y porque no se han llevado a asamblea para su capitalizacion definitiva.
Porque no comentas con los auditores si te aceptan la capitalizacion con esta fecha, antes del acta de cierre; con ello te evitarias el pleito posterior de un juicio.
 

 
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buho
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20/Jul/05 18:58
Re: AYUDA ABOGADOS FISCALISTAS

Mira por experiencia propia yo te digo que debiste (debes) hacer un acta ante notario o corredor publico, donde hagas el aumento de capital, recuerda que tenemos acciones, si no la autoridad te lo toma como ingresos omitidos o dividendos, asi me paso, y esta casi en chino ganarles. :twisted:
 
La muerte es inevitable, el progresar no.
 
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corteslce
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