Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
19/Jul/05 17:25
PAGO DE GASTOS MENORES DE $ 2,000

HOLA TENGO UN CLIENTE QUE ES ARQUITECTO Y REALIZO UNAS OBRAS DE MANTENIMINETO A UNA PERSONA QUE ES ARRENDADOR, EL ARRENDADOR LE DIO AL ARQUITECTO UN CHEQUE ESPEDIDO A SU NOMBRE POR 25,000 PARA QUE COMPRARA LO QUE FUERA NECESARIO PARA LA RESTAURACION DEL EDIFICIO, SOLICITANDOLE PEDIR FACTURA DE TODO A NOMBRE DEL PROPIO ARERENDADOR... AHORA EL ARRENDADOR DICE QUE ESAS FACTURAS NO LE SIRVEN POR QUE EL CHEQE SE EXPIDIO ANOMBRE DE EL ARQUITECTO Y ADEMAS LAS FACTURA LA MAYORIA REBASA LOS $ 2,000 PESOS DE IMPORTE POR LO CUAL SOLICITA QUE LE DE FACTURAS DE MENOS DE $ 2,000 PARA PODER HACERLAS DEDUCUBLES, QUE NO SE TOMA ESTO COMO UNA COMPROBACION DE GASTOS?
VERDA QUE SI PUDE DEDUCIR EL ARRENDADOR ESAS FACTURAS QUE MI CLIENTE ENTREGA?
 
AICRAG731115LEINAD
 
Perfil

Danielgc73
Cabo

Mensajes: 35
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/05 19:00

Buenas tardes.

Dale una leyda al art. 35 del RISR y si la documentación reúne el requisito que ahí dice, si lo puedes hacer deducible.

¡¡Saludos!!
 
Aprender es remar contra la corriente: si no avanzamos, se retrocede.
 
Perfil

OISC
Sargento Primero

Mensajes: 96
Ingresó: Mayo 21, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 9:19
Re: PAGO DE GASTOS MENORES DE $ 2,000

Creeo que lo Mejor Hubiese Sido que Tu Cliente el Arquitecto le Hubiese Facturado al Arrendador los $ 25,000 y a su Vez el Arquitecto Realizar Todos los Pagos Mediante Cheque Propio y Hacerlos Deducibles.

En Cuanto a la Deducibilidad........... la Ley es Muy Clara y la Interpretacion Debe ser Estricta y Uno de los Requisitos Indispensables Para Hacer Deducible los Gastos es que los Mayores a $ 2,000 Hayan Sido Pagados Mediante Cheque Nominativo y Para Abono en Cuenta del Beneficiario.
 
SONREIR NO CAUSA IMPUESTOS......ASI ES QUE SONRIE ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
 
Perfil

Moi-6
Subteniente

Mensajes: 172
Ingresó: Julio 13, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 9:35

[quote:4089c15ee5="OISC"]Buenas tardes.

Dale una leyda al art. [color=red:4089c15ee5][size=18:4089c15ee5]35 del RISR [/size:4089c15ee5][/color:4089c15ee5]y si la documentación reúne el requisito que ahí dice, si lo puedes hacer deducible.

¡¡Saludos!![/quote:4089c15ee5]


:) :)

no te preocupes, si son deducibles,(obviamente si reunen los requisitos de expedicion de los comprobantes)

para proxima, una opcion tambien es hacr lo que te sugiere moi-6.

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
Perfil

LEALQUIQUE
Capitán Primero

Mensajes: 699
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 9:50

LealQuique....

Cual Seria el Fundamento para Hacer Dueducible los Gastos....???




[quote:99e7c35120="LEALQUIQUE"][quote:99e7c35120="OISC"]Buenas tardes.

Dale una leyda al art. [color=red:99e7c35120][size=18:99e7c35120]35 del RISR [/size:99e7c35120][/color:99e7c35120]y si la documentación reúne el requisito que ahí dice, si lo puedes hacer deducible.

¡¡Saludos!![/quote:99e7c35120]


:) :)

no te preocupes, si son deducibles,(obviamente si reunen los requisitos de expedicion de los comprobantes)

para proxima, una opcion tambien es hacr lo que te sugiere moi-6.

saludos![/quote:99e7c35120]
 
SONREIR NO CAUSA IMPUESTOS......ASI ES QUE SONRIE ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
 
Perfil

Moi-6
Subteniente

Mensajes: 172
Ingresó: Julio 13, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 10:08

ahi esta, es el 35 del reglamento.

[i:895f60fdf9]ARTÍCULO 35. Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley.[/i:895f60fdf9]


saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
Perfil

LEALQUIQUE
Capitán Primero

Mensajes: 699
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/05 13:09

OK. MUCHAS GRACIAS A TODOS POR SUS REPUESTAS.
 
AICRAG731115LEINAD
 
Perfil

Danielgc73
Cabo

Mensajes: 35
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1