22/Jul/05 13:45
Que tal, espero alguien pueda ayudarme.
El caso es el sig:
Una Persona fisica Reg. intermedio, en una declaracion mensual del ISR, declaro cantidad menor a la que tenia a cargo, pero un mes antes pago de mas (ISR), por lo que pregunto, Puede hacer complementaria y la cantidad que le falte por pagar del segundo mes lo compense con lo pagado en exceso del mes anterior, Pero con que formato o por cual medio, debo de hacer tal complementaria.
Espero su cooperación Mil Gracias
Hay una fuerza motriz más poderosa que el vapor, la electricidad y la energía atómica: La voluntad.
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Flor_Lizeth
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22/Jul/05 13:53
Re: Pago de lo Indebido
Hola procede un aviso de compensa
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invierno279
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22/Jul/05 13:57
Re: Pago de lo Indebido
[quote:56367179d8="invierno279"]Hola procede un aviso de compensa[/quote:56367179d8]
:) OK Mil gracias "invierno279".
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Flor_Lizeth
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22/Jul/05 13:58
Re: Pago de lo Indebido
Tienes que presentar la complementaria donde manifiestes el saldo a favor, y posteriormente dentro de los 5 días siguientes un Aviso de compensación en el Formato 42 anexando declaracion en la cual manifestaste tu saldo a favor, y la declaración en la cual lo aplicas, anexando una copia de la credencial de elector del contyribuyente.
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invierno279
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22/Jul/05 14:04
Re: Pago de lo Indebido
Hola:
Yo pienso que no debe hacer nada, ya que el calculo para intermedio es acumulado y va disminuyendo los pagos provisionlaes efectuados.
Ejem. Enero 05
Base 2,000.00
ISR 250.00
( - )
P.prov. 0.00
Pago ISR 350.00 ( por error en lugar de 250.00)
Febrero 05
Base 3,000.00 ( Acumulando Ingresos Ene y Feb. menos deducciones ene y feb)
ISR 300.00
( - )
P.prov. 350.00
Pago ISR 0.00
Esa es mi opinion a ver que mas opinan, pero yo no le veo caso a presentar aviso de compensacion.
Si estoy en error corrijame por favor.
Saludos
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mir100
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22/Jul/05 14:04
Bien!!!
Gracias por tu atención, Copy Date
Asì lo haré
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Flor_Lizeth
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22/Jul/05 14:22
Me interesa la Opinion de Mir100, que opinas Invierno 279, no representaria esto un eror, ya que el ISR efectivamente pagado no es el que corresponde aun y cuando no se declara la base del impuesto.
Espero respuesta Mil Gracias!!!!
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Flor_Lizeth
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22/Jul/05 17:14
Re: Pago de lo Indebido
En mi opinion lo correcto seria hacer la compensación, aunque suele suceder que muchos opinen que si tomamos las bases acumuladas no hay que hacer nada y puede que tampoco pase nada, solo que si revisa la autoridad por ese pago provisional donde se pago de menos nos cobre la actualización y recargos por el financiamiento. Supe de un caso asi, se quedaron conformes con que se pagaran los accesorios. Piensalo solo es cuestión de que tomes tu propia decisión.
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missveronica
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