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26/Jul/05 11:02

Supongo que compro un bien inmueble, entonces deduce 5% anual via depreciación actualizada, sobre el valor de la construcción (no entra el terreno).

Si compro instrumental medico o mobiliario lo deduce de inmediato.
 
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Mem
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26/Jul/05 11:29

[quote="Mem"]Supongo que compro un bien inmueble, entonces deduce 5% anual via depreciación actualizada, sobre el valor de la construcción (no entra el terreno).

[color=red:918ab8b4da]Si compro instrumental medico o mobiliario lo deduce de inmediato.[/[/color:918ab8b4da]quote]

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Mem, eso pense al principio, pero esta en el regimen general, que esta facilidad no es para el intermedio.?

me pongo a estudiar....

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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26/Jul/05 11:36
Re: Deducciones en Doctores

LO ENCONTRE!! :D :D

gracias Mem,
solo hay que observar bien los topes y restricciones

[i:19b04fd345]Artículo 124. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección determinarán la deducción por inversiones aplicando lo dispuesto en la Sección II del Capítulo II del Título II de esta Ley. Para estos efectos, se consideran inversiones las señaladas en el artículo 38 de esta Ley.

Para los efectos de este artículo, los por cientos de deducción se aplicarán sobre el monto original de la inversión, aun cuando ésta no se haya pagado en su totalidad en el ejercicio en que proceda su
deducción. Cuando no se pueda separar el monto original de la inversión de los intereses que en su caso se paguen por el financiamiento, el por ciento que corresponda se aplicará sobre el monto total, en cuyo
caso, los intereses no podrán deducirse en los términos de la fracción V del artículo 123 de esta Ley.
[u:19b04fd345]Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, que únicamente presten servicios profesionales y que en el ejercicio inmediato anterior sus ingresos no hubiesen excedido de $840,000.00, en lugar de
aplicar lo dispuesto en los párrafos precedentes de este artículo, podrán deducir las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos.[/u:19b04fd345] Lo dispuesto en este párrafo [size=18:19b04fd345][color=red:19b04fd345]no será aplicable tratándose de automóviles, terrenos y construcciones,[/color:19b04fd345][/size:19b04fd345] respecto de los cuales se aplicará lo dispuesto en el Título II de esta Ley. La cantidad a que se refiere este párrafo se actualizará en los términos señalados en el último párrafo del artículo 177 de esta Ley.[/i:19b04fd345]

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SALUDOS!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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27/Jul/05 9:57

Lealquique

Gracias por el fundamento!!!
 
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Mem
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27/Jul/05 18:57
Re: Deducciones en Doctores

ok..ya me hicieron bolas con el fundamento....entonces si se puede deducir?
 
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invermedica
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27/Jul/05 19:00
Re: Deducciones en Doctores

[quote:345d58b710="invermedica"]ok..ya me hicieron bolas con el fundamento....entonces si se puede deducir?[/quote:345d58b710]

Sí, 5% al año para edificio y 10% para equipo, y si no rebasa el tope de ingresos del Art 124 el equipo lo puedes deducir al 100%.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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27/Jul/05 22:50
Re: Deducciones en Doctores

[quote:3db30eda18="invermedica"]ok..ya me hicieron bolas con el fundamento....entonces si se puede deducir?[/quote:3db30eda18]

Si lo puedes deducir, pero como una inversion, es decir depreciandolo hasta la tasa fiscal maxima que para el caso de construcciones es del 5% anual, por otra parte puedes evaluar la posibilidad de Tributar en el regimen Intermedio, en el caso de que seas dentista por ejemplo y vendas algunas piezas, digo com ouna Idea, y calro tendriamos que conocer mas de tus actividades, este regimen tiene ciertos beneficios como la deducción inmediata en algunas inversiones.
 
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ovillareal
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