28/Jul/05 17:50
Re: notificacion de incumplimiento de iva
[quote:feceb327eb="ItzelR"]hola
como debo proceder si me llego una notificacion de incumplimiento de iva del mes de abril, ya que no lo presente porque en el mes de marzo presente estadistico informando que se acredito saldo a favor de periodos anteriores y como en abril fue el mismo motivo utilice la regla 2.14.2 de la miscelanea del 30 de mayo de 2005.. esta no se aplica a iva?[/quote:feceb327eb]
Exactamente tal y como lo señala el colega Federico, y como ya se ha establecido que el IVA es considerado un pago definitivo.
Ahora bien, tu cuestionamiento al inicio es, el de manifestar el como debes proceder, pues tiendes dos opciones muy claras:
A) Pagar
B) Interponer un medio de defensa una vez que te finquen el crédito, tratando de argumentar agravios ya sea de fondo o de forma.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS