29/Jul/05 13:02
Re: Multa por incumplimiento... que hacer?
BR1
Compadre, y en el 2003 y 2004 presentaste en ceros apartir de que pagaste las retenciones originadas por el pago de PTU?
Talvez te requieran la presentaciòn aunque sea en ceros por la pàgina del sat.
saludos
"Milli Vanilli"
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candelario
Capitán Segundo
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29/Jul/05 13:18
ME ESTAN CONFUNDIENDO.
LA OBLIGACION DE RETENEDOR DE SALARIOS SE DEBE PRESENTAR DECLARACION ESTADISTICAS MES A MES O ES SUFIENTE CON LA PRIMERA DECLARACION ESTADISTICA EN CEROS ?
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Mar_cos
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29/Jul/05 14:05
Mar_cos, esta obligación debe presentarse mes a mes
Fundamento Regla 2.14.2 RMF 2005
.....
Los contribuyentes no presentarán la información de las razones por las que no se realiza el pago, cuando se trate de las siguientes obligaciones:
I. Retenciones del IVA, IEPS o ISR, [color=red:423709ac9d] excepto tratándose de las que se deban efectuar por los ingresos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR[/color:423709ac9d] .
II. Pagos provisionales del IMPAC.
....
Sueña y seras libre de espiritu, lucha y seras libre en la vida
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vikcaps
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29/Jul/05 14:09
Re: Multa por incumplimiento... que hacer?
Hola....
Buenas tardes....yo te recomendaria que lo hicieras mes a mes, aunque no tengas movimientos, ya que tuve una experiencia similar y nos llego un requerimiento...se fue a cancelar...se metio escrito...pero aun asi...nos mandaron una multa...porque en le caso de ret.salarios...debes presentarla mensualmente...y tuvimos que pagar la multa..
Si me caigo 7 veces...me levanto 8
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estheralcaraz
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29/Jul/05 14:16
Re: Multa por incumplimiento... que hacer?
[quote:d4c108af48="estheralcaraz"]Hola....
Buenas tardes....yo te recomendaria que lo hicieras mes a mes, aunque no tengas movimientos, ya que tuve una experiencia similar y nos llego un requerimiento...se fue a cancelar...se metio escrito...pero aun asi...nos mandaron una multa...porque en le caso de ret.salarios...debes presentarla mensualmente...y tuvimos que pagar la multa..[/quote:d4c108af48]
Hola. Esther, y es P. Fisica p Moral?
Me interesaria saber. Gracias
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mir100
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29/Jul/05 14:16
Hola a todos, por lo que veo lo que comentan tienen razon pero yo les recomendaria que no pagaran las multas que las pelearan ya que a las multa les falta fundamentacin y motivacion ya que la multa que nos imponen esta actualizada y esa catidad no aparece ne ninguna ley, ademas de que no nos dicen como la actualizan, dejandonos en completo estado de indefension al no saber nosotros como la autoridad llego a dicha cantidad.
saludos.
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royxo
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29/Jul/05 14:41
Re: Multa por incumplimiento... que hacer?
Si se tienen solo 1 trabajador con salario mínimo, ¿se debe presentar declaración estadística por retención de salarios?
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omarm
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29/Jul/05 14:42
Re: Multa por incumplimiento... que hacer?
Si, aunque hubiese trabajado solo una semana, te dice que si tienes movimientos.
La muerte es inevitable, el progresar no.
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corteslce
Capitán Segundo
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29/Jul/05 15:41
Re: Multa por incumplimiento... que hacer?
[quote:5a8a1a7573="omarm"]Si se tienen solo 1 trabajador con salario mínimo, ¿se debe presentar declaración estadística por retención de salarios?[/quote:5a8a1a7573]
Y aunque no hubiera tenido trabajadores , si tenia la clave debe presentar la declaracion, marcando que es " sin movimientos"
Saludos
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mir100
Capitán Primero
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29/Jul/05 16:31
[quote:b68165c404="vikcaps"]Mar_cos, esta obligación debe presentarse mes a mes
Fundamento Regla 2.14.2 RMF 2005
.....
Los contribuyentes no presentarán la información de las razones por las que no se realiza el pago, cuando se trate de las siguientes obligaciones:
I. Retenciones del IVA, IEPS o ISR, [color=red:b68165c404] excepto tratándose de las que se deban efectuar por los ingresos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR[/color:b68165c404] .
II. Pagos provisionales del IMPAC.
....[/quote:b68165c404]
OPS ! SI QUE ESTOY CONFUNDIDO, EN EL 2004 UNICAMENTE PRESENTE LA PRIMERA ESTADISTICAS Y YA NO PRESENTE NADA.
YO HABIA CHECADO ESA REGLA Y ENTENDI QUE LAS RETENCIONES POR SALARIOS SI SE DEBIA PRESENTAR EN INFORMACION ESTADISTICA CUANDO NO HUBIERA SALDO A CARGO, PERO CONSIDERE QUE CON LA PRIMERA ESTADISTICA ERA SUFICIENTE Y QUE LAS RETENCIONES DE IVA, IEPS U OTRAS RETENCIONES DE ISR NO DEBIAN DE PRESENTARSE NINGUNA ESTADISTICA PUESTO QUE EL SISTEMA DE DECLARACINES ESTADISTICAS NO TE LO PERMITE.
ESPERO MAS COMENTARIOS AL RESPECTO.
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Mar_cos
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