02/Ago/05 10:29
Re: Dudas acerca de cálculo PTU
[quote:de9b799fe5="NorbertoNarciso"]Buenos días a todos:
Tengo una duda referente a la determinación de la PTU, la cual es si debo considerar dentro de éste cálculo el excedente permitido para la deducción de automóviles, ejemplo:
Compro un automóvil en 375,000. El monto máximo autorizado es de 300,000.
Mi pregunta es si [u:de9b799fe5][i:de9b799fe5]debo aplicar a los 75,000 los porcentajes que marca la ley para ser considerada en el cálculo de PTU o solo los 300,000?[/i:de9b799fe5][/u:de9b799fe5][/b:de9b799fe5]
[size=9:de9b799fe5]Artículo 16. Fracción II. LISR
[u:de9b799fe5][i:de9b799fe5][b:de9b799fe5]La cantidad que resulte de aplicar al monto original de las inversiones, los por cientos que para cada bien de que se trata determine el contribuyente,[/b:de9b799fe5][/i:de9b799fe5][/u:de9b799fe5] [u:de9b799fe5][i:de9b799fe5][b:de9b799fe5]los que no podrán ser mayores a los señalados en los artículos 39, 40 o 41 de esta Ley[/i:de9b799fe5][/u:de9b799fe5]. En el caso de enajenación de los bienes de activo fijo o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener ingresos, se deducirá en el ejercicio en que esto ocurra, la parte del monto original aún no deducida conforme a este inciso.[/size:de9b799fe5]
En base a este fundamento yo entiendo que solo los 300,000 le debo aplicar los porcientos para así determinar la depreciación contable y restarla a los ingresos para efectos de PTU.
Entiendo que para efectos de IMPAC si se debe considerar el importe total(los 375,000 por los porcentajes autorizados), pero me surge la duda si para efectos de PTU también se deberá hacer así.
Agradeceré sus comentarios.
Norberto[/quote:de9b799fe5]
Yo considero que la ley no especifica en este caso, el cual ha sido punto de debate, sólo dice los % máximos autorizados, el cual para equipo de transporte es el 25%, claro, sin exceder de 300 mil. Por lo que a mi punto de vista es 375 mil o 93,750 al año..
Saludos.
Edgar Enrique Carrillo Sáenz