03/Ago/05 11:21
Re: QUE SE PUEDE HACER?
Lo siguiente lo encuentras en el web-site del SAT;
Actualización: 05/enero/2005
PrincipalInformación de uso frecuentePago de derechos por expedición de copias
Pago de derechos por la expedición de copias con vigencia para 2005
CONCEPTO: IMPORTE EN M.N.
Pago de derechos por solicitar copias de declaración. $11.00 [/b:6df08832fc]Pago de derechos por solicitar Cédula de Identificación Fiscal. $93.00
Pago por concepto de aprovechamientos en la reexpedición de Tarjeta Tributaria $66.00*
Pago de derechos por marbetes que se adhieren a los enveses de bebidas alcohólicas, por cada uno $0.2469
Pago de derechos por precintos que se adhieren a los enveses de bebidas alcohólicas, por cada uno $0.90
NOTA (*): El pago por concepto de aprovechamientos en la reexpedición de Tarjeta Tributaria deberá efectuarse a través de la Forma Fiscal 16 "Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos", anotando la clave 700150 como aprovechamiento en la casilla correspondiente.
La cantidad de $66.00 que se debe pagar por concepto de aprovechamientos en la reexpedición de Tarjeta Tributaria se aplica a partir del 1 de enero de 2005.
Va en [b:6df08832fc]"negritas" lo que me parece te resulta aplicable, el pago de derechos es por declaración solicitada, por hoja.
sos al sos