04/Ago/05 11:15
Buen dia:
Me podrian indicar el fundamento, para no presentar declaraciones en ceros por los meses siguientes, cuando el primer mes sale a pagar iva e isr "0" y los demas tambien.
Gracias.
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LC. MARTIN LUGO CASTAÑEDA
La vida es tan corta............. que sufrir es una perdida de tiempo.
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caluma
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04/Ago/05 11:23
Re: Declaraciones en Ceros
Hola Caluma.
RMF para 2005
[color=blue:106557c8bc]2.14.2. Para los efectos del artículo 31, octavo párrafo del Código, cuando por alguna de las obligaciones a declarar no exista impuesto a pagar ni tampoco saldo a favor, por la obligación de que se trate, los contribuyentes deberán presentar a más tardar el último día en que estén obligados a presentar la declaración de pago que corresponda, la información de las razones por las cuales no se realiza el pago, a través del formato electrónico correspondiente contenido en la dirección de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) El SAT enviará a los contribuyentes el acuse de recibo utilizando la misma vía, el cual deberá contener el sello digital generado por dicho órgano.
Para los efectos del párrafo anterior, los datos que se deberán proporcionar en la dirección electrónica citada son: identificación del contribuyente; concepto del impuesto, por obligación; periodo; ejercicio; tipo de declaración y razón o razones por la(s) que no existe impuesto a pagar ni saldo a favor. Tratándose de la información a que se refiere el segundo párrafo de la regla 2.14.3. de esta Resolución, adicionalmente se deberá señalar el monto efectivamente pagado con anterioridad y fecha del mismo.
Los contribuyentes no presentarán la información de las razones por las que no se realiza el pago, cuando se trate de las siguientes obligaciones:
I. Retenciones del IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de las que se deban efectuar por los ingresos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR.
II. Pagos provisionales del IMPAC.
Los contribuyentes personas físicas que conforme a lo establecido en esta regla estén obligados a presentar información de las razones por las cuales no se efectúa el pago por alguna de sus obligaciones fiscales, a excepción de aquellas contribuciones que se consideren como pagos definitivos presentarán la primera información señalando las razones por las que no tienen impuesto a cargo, quedando relevados de la obligación de hacerlo en los meses subsecuentes del ejercicio, hasta en tanto no tengan impuesto a cargo o saldo a favor y no varíe la razón señalada en la información presentada con anterioridad.[/color:106557c8bc]
Atte
CP Vicente Morales
"Brindo por que mis versos cual saetas, lleguen hasta las grietas, formadas de metal y de granito, del corazón de la mujer ingrata, que a desdenes me mata, pero que tiene un cuerpo muy bonito"
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CPVICENTEMM
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04/Ago/05 11:27
Re: Declaraciones en Ceros
[quote:3101f17ae8="caluma"]Buen dia:
Me podrian indicar el fundamento, para no presentar declaraciones en ceros por los meses siguientes, cuando el primer mes sale a pagar [color=red:3101f17ae8]iva [/color:3101f17ae8]e isr "0" y los demas tambien.
Gracias.[/quote:3101f17ae8]
OJO;........EL IVA SI SE PRESENTA MES CON MES
SALUDOS
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lobozac
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04/Ago/05 11:30
Re: Declaraciones en Ceros
Claro por ser pagos definitivos :)
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CPVICENTEMM
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04/Ago/05 11:32
Re: Declaraciones en Ceros
y esto solo aplica a personas fisicas, personas morales si presentan...
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olitru
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06/Ago/05 14:06
Re: Declaraciones en Ceros
Checate la pagina del SAT para que se te aclaren tus dudas
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gerardoba
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06/Ago/05 21:25
Re: Declaraciones en Ceros
cual seria la fundamentaciòn para no aplicar la regla 2.14.2 a IVA por ser pagos definitivos, si la ley no lo indica asi?
atalik
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atalik
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06/Ago/05 21:58
Re: Declaraciones en Ceros
[quote:c3f2ec1e70="atalik"]cual seria la fundamentaciòn para no aplicar la regla 2.14.2 a IVA por ser pagos definitivos, si la ley no lo indica asi?[/quote:c3f2ec1e70]
ANALIZA ESTA FRACCION , LA CITADA REGLA ES LA FUNDAMENTACION
II. Pagos provisionales del IMPAC.
Los contribuyentes personas físicas que conforme a lo establecido en esta regla estén obligados a presentar información de las razones por las cuales no se efectúa el pago por alguna de sus obligaciones fiscales, [color=red:c3f2ec1e70]a excepción de aquellas contribuciones que se consideren como pagos definitivos [/color:c3f2ec1e70]presentarán la primera información señalando las razones por las que no tienen impuesto a cargo, quedando relevados de la obligación de hacerlo en los meses subsecuentes del ejercicio, hasta en tanto no tengan impuesto a cargo o saldo a favor y no varíe la razón señalada en la información presentada con anterioridad.
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lobozac
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07/Ago/05 20:01
Re: Declaraciones en Ceros
HOLA QUERIDO LOBOZAC ME QUIERES DECIR EN LA LEY DEL IVA DONDE DICE QUE SON PAGOS DEFINITIVOS POR QUE LA VERDAD YO CREO QUE LA RMF. NO SE REFIERE A IMPUESTOS SINO A CONTRIBUYENTES ASI QUE ME PARECE QUE ES MATERIA DE DEBATE ALGUNA VEZ HICE UNA CONSULTA AL SAT SOBRE ESO Y ME DIJERON QUE EN LA LEY DEL IVA EN NINGUN LADO DECIA QUE ERAN DEFINITIVOS QUE LOS UNICOS PAGOS DEFINITIVOS SON LOS DE REPECOS COMO LA VEZ ESPERO TU ENRIQUECEDORA OPINION
Y LAS DE LOS DEMAS CLARO ME PARECE UN TEMA INTERESANTE
GRACIAS
Yo solo se que no se nada.
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eduardigeta
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08/Ago/05 18:18
Re: Declaraciones en Ceros
Pagos definitivos son aquellos por los que no tenemos obligación de presentar declaración anual (ojo, solo se presenta una informativa)
En el art. 5 LIVA nos indica que el impuesto se calculará por cada mes de calendario (no dice pago provisional mensual)
Por lo que yo estoy de acuerdo con que el pago mensual de IVA es definitivo por lo que SI hay que presentar estadistica en ceros mes con mes, si es el caso, para personas fisicas
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missveronica
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