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08/Ago/05 14:27
pagos prov.de IA

buenas tardes a todos...
Tengo esta duda: Sin una empresa ejerce la opción prevista en el artículo 5-A de la ley del IA, de pagar el impuesto en base a lo que le correspodnió en el cuarto ejercicio inmediato anterior actualizado...esta opción debe aplicarla para todos los años posteriores.... pero ¿cómo debe realizar los pagos provisionales? tomando los datos del ejercicio inmediato anterior? o los del cuarto ejercicio?

Para el calculo del 2004 se toman los datos del 2000..pero para los pagos provisionales del 2005 divido lo que pagué en el 2004 entre 12? o hago un cálculo con los datos del 2004...o tomo los datos del 2001?

Ojalá puedan ayudarme..de antemano... gracias
 
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09/Ago/05 9:40
Re: pagos prov.de IA

Hola:

Atendiendo a tu cuestionamiento, es menester considerar este criterio normativo del SAT, que a continuacion te transcribo:

121/2004/IMPAC Opción prevista en el artículo 5-A de la Ley del
Impuesto al Activo.

[color=red:6b59bb10d7]En virtud de que no existe disposición que regule en forma
específica la determinación de los pagos provisionales cuando los
contribuyentes hayan optado por el cálculo del impuesto al activo
en los términos del artículo 5-A de la ley de la materia, debe
atenderse a lo señalado en el artículo 7o. de la misma.[/color:6b59bb10d7]

[color=red:6b59bb10d7]Resulta así que los pagos provisionales se determinan en base al
impuesto al activo causado en el ejercicio inmediato anterior,
independientemente de que dicho impuesto se haya calculado
conforme al régimen general o al régimen opcional.[/color:6b59bb10d7]

....................

Espero te haya servido mi ayuda. Quedo a sus ordenes.

C.P. Cesar Martinez
 
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