08/Ago/05 20:17
CASAS DE CAMBIO O CENTROS CAMBIARIOS
HOLA BUENAS TARDES A TODOS, TENGO UNA PREGUNTA ESPERO QUE ME PUEDAN AYUDAR .
Las casas de cambio o centros cambiarios han tenido diversos cambios desde al año pasado cuando se publicó la resolución por la que se expiden las disposiciones de caracter general a que se refiere el articulo 95 bis de la Ley general de organizaciones y actividades auxiliares de credito aplicables a las personas que realicen las operaciones a que se refiere el artículo 81-A del mismo ordenamiento .
La pregunta va encaminda a :
los centros cambiarios deben de tener constancia de la capacitación de sus cajeros, de que han tomado algun curso para identicar a sus clientes que reliacen operaciones mayores a 3,000 dólares o no tienen la obligación de tenerla.
y si yo como contador externo tengo la facilidad de otorgar esa constancia o diploma a mis clientes y si es valido para el Sat.
O si alguien me puede ayudar al respecto o hacer un comentario al respecto , por que el SAT en lugar de asesorarme me confunde ,mas y estan aprendiendo junto con nosotros.
De antemano les doy las gracias .
Buen dia.