09/Ago/05 2:02
RELEVADO DE HACER PAGOS PROV ?
Hola
Tengo un cliente p.fisica que se acaba de dar de alta como arrendador de un estacionamiento en julio. Va a tener ingresos en agosto por 21000 (es un cobro mensual desde enero hasta agosto), pero en los demas meses son 3500. Apenas le voy a hacer sus pagos prov, pero vi en el art. 143 de la Ley del ISR, que no debo presentar los pagos provisionales de ISR si los ingresos son menos de 10 SMG DF elevados al mes ..... Es correcto ? Pero como mi cliente inicia con un mes de 21000 ya no aplica eso verdad ?
La otra pregunta es si debe llevar contabilidad normal o simplificada....
Como complemento, va a utilizar la deducción opcional del 35%
Pueden ayudarme a despejar estas dudas ? Si pueden les agradezco escribir al email cpmoncada@hotmail.com.
P.D. Dónde puedo checar el reglamento de la Ley del ISR ?
N E X