09/Ago/05 16:13
Re: Cesión de derechos de un automovil
Estrictamente no se necesita la factura original para deducirlo ni para acreditar IVA, pero en este caso específico no se puede acreditar este último.
Saludos.
Edgar Enrique Carrillo Sáenz
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edgarecs
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09/Ago/05 17:09
Re: Cesión de derechos de un automovil
Hola: En mi opinion no es deducible ni acreditable el IVA, ni aun mediante la venta ante Notario Público, y el contrato de donacion, en los supuestos que manejan unicamente se acredita la propiedad del automovil, pero no se cumple con el comprobante ni los requisitos de los comprobantes, en todo caso da de alta al contribuyente y que le facture al papa aunque si este esta a credito la factura que el posee no tiene valor fiscal y el hijo no es el propietario en sentido estricto, me gustaria que el forista que dijo que es deducible me explicara por que si y cual es el fundamento en renta pues en mi opinion como ya mencione no reune requisitos fiscales el comprobante, saludos.
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edgarivanp
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09/Ago/05 17:11
Re: Cesión de derechos de un automovil
edgarivanp estoy de acuerdo contigo, lo malo es que si doy de alta a su hijo tendria que pagar impuestos sobre la venta del automovil, y para como lo veo, mejor que pague impuestos su papá sobre el gasto no deducible ¿no?
Es peligroso dejarse persuadir antes de haber comprendido Thomas Wilson.
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lc_lau
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09/Ago/05 17:14
Re: Cesión de derechos de un automovil
Aprovechando el tópico.
Yo tengo el caso de un cliente....
Está persona utilizaba un vehículo a nombre de la empresa, ahora que ya no labora en está le facturaron el vehiculo pero en realidad no hubo una venta.
Esto es correcto?
Que no debieron endosarle la factura original?
Porque está se quedó la empresa con ella, hay algún problema con eso? :?
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Giny
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09/Ago/05 20:02
Re: Cesión de derechos de un automovil
ALGUNAS PRESICIONES:
GENERALMENTE LA RAZON SOCIAL DE QUIEN HACE EL PRESTAMO PARA ADQUIRIR EL AUTO ES DISTINTA A LA DE LA AGENCIA, POR LO TANTO NO CREO QUE PROCEDA UN CONTRATO DE CESION DE DERECHOS
YA QUE EL AUTO SE ADQUIERE DEL PRIMER COMPRADOR (ES USADO) Y ESTE NO ESTA DADO DE ALTA (NO ES EMPRESA) LA OPERACION ESTA EXENTA DE IVA
SI LA INTENCION DEL PADRE ES DEDUCIR EL AUTO, LA DONACION NO AYUDA, PORQUE AL ENAJENARLO A UN CONTIBUYENTE NO AUTORIZADO PARA RECIBIR DONATIVOS SERÍA UN INGRESO ACUMULABLE
NO SE DEBE CONFUNDIR LA DEUDA DEL HIJO CON LA EMPRESA QUE LE DIO EL PRESTAMO (DISTINTA A LA AGENCIA) CON LA DEUDA DEL PADRE CON EL HIJO, AUNQUE AL COBRAR EL HIJO UNA PAGUE LA OTRA
SI ALGUIEN NO ESTA DE ACUERDO EN ALGO, LES AGRDECERE ME LO COMENTEN
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dictamen2001
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09/Ago/05 20:23
Re: Cesión de derechos de un automovil
Ok va a pagar ISR por la venta, pero cuanto le queda de IVA A favor, es mas que no? conviene registrarlo, yo he realizado altas solo para comprar carro y pedir dev de IVA y se vale, espero te sirva el consejo
La muerte es inevitable, el progresar no.
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corteslce
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10/Ago/05 17:51
Re: Cesión de derechos de un automovil
gracias :) :)
Es peligroso dejarse persuadir antes de haber comprendido Thomas Wilson.
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lc_lau
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