Alguien me puede decir por favor el fundamento legal, para que una persona moral pueda hacer deducuble la compra de mercancias en el ejercicio 2004, si se paga hasta el siguiente en el mes de Junio.
Nota: se tiene la factura con fecha de Noviembre de 2004 que reune los requisitos fiscales.
Se los agradeceria mucho.
ASEFI Soldado Mensajes:
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09/Ago/05 14:39
Si la compra es a persona moral es totalmente deducible.
Si la compra es a persona fisica, es NO DEDUCIBLE art. 31 fracción IX LISR
¡¡ juntos damos soluciones !!
Mem Teniente Coronel Mensajes:
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Mayo 18, 2004 Ubicación:
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09/Ago/05 15:01
Re: DEDUCCION PERSONA MORAL
Por ser compra del 2004, se rige en base a la ley de ese ejercicio: Art 29 F II LISR 2004.
Saludos.
Edgar Enrique Carrillo Sáenz
edgarecs Teniente Coronel Mensajes:
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Mayo 18, 2004 Ubicación:
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09/Ago/05 15:04
Re: DEDUCCION PERSONA MORAL
como ya mencionaron, deberas traerla en la conciliacion fiscal contable como deducciones contables no fiscales, y la aplicas en este año, algunos otros hacemos lo incorrecto y lo deduciomos en el año anterior via provisión esto en PM, ya que en PF no es deducible, saludos.
'Lo que decimos nos aprisiona mucho más que lo que hacemos, o lo que callamos'
edgarivanp Capitán Segundo Mensajes:
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Mayo 18, 2004 Ubicación: