11/Ago/05 14:51
Re: ISR PRESTACIONES
Hola:
Atendiendo a tu cuestionamiento, es menester, ver el criterio con respecto a lo que planteas. A continuacion plasmo el criterio:
57/2004/ISR Premios por asistencia y puntualidad. No son ingresos
análogos a los establecidos en el artículo 109 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta.
El último párrafo del artículo 8o. de la....................
..........................
Por lo anterior y de conformidad con los artículos 5o. del Código
Fiscal de la Federación, 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
y 84 de la Ley Federal del Trabajo, se desprende que los premios
otorgados a los trabajadores por concepto de puntualidad y
asistencia son conferidos como un estímulo a aquellos
trabajadores que se encuentren únicamente en dichos supuestos.
En conclusión, los premios por asistencia y puntualidad no tienen
una naturaleza análoga a los ingresos exentos establecidos en el
artículo 109, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ni
como finalidad el hacer frente a contingencias futuras, ni son
conferidos de manera general y por tanto, no pueden ser
considerados como ingresos exentos.
En conclusion, los premios por asistencia y puntualidad, estaran gravados al 100% para efectos de ISR.
C.P. Cesar Martinez
C.P. César Martínez