BUENAS TARDES:
PARA DETERMINAR MI INVENTARIO BASE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 DEBO DE CONSIDERAR LOS TERRENOS O PUEDO NO CONSIDERARLOS ( LA EMPRESA ES UNA CONSTRUCTORA ), POR AHI ME DIJERON QUE ALGUNOS FISCALISTAS NO LO ESTABAN CONSIDERANDO PERO NO ENCUENTRO ALGUN FUNDAMENTO, NO SE SI ALGUIEN TENGA ALGUN COMENTARIO
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16/Ago/05 13:15
Re: INVENTARIO BASE
Si forma parte de tu inventario, claro que si lo tienes que tomar en cuenta para la determinación de tu inventario acumulable, ahora bien si estas constituida de conformidad con el artículo 225 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, podrás no considerar como inventarios tus terrenos siendo qeu los deduces al momento de la compra.