16/Ago/05 17:52
Hola:
Buenas tardes mi pregunta es la siguiente en la empresa en al cual laboro llego la siguiente informacion :
Un grupo de empresarios, profesionistas, con juntaron conocimiento, experiencia y capacidad de investigación que dieron origen a un esquema soportado legalmente, para el tratamiento de la administración de personal; el cual consiste en la conversión de la relación obrero patronal a asociados a empresas cooperativas dedicadas a la prestación de este servicio. Obteniendo beneficios económicos y subjetivos tanto para la empresa que adopte este nuevo esquema, como al personal que se integre al sistema; entre otros enunciaremos los siguientes:
Beneficios para las empresas que adopten el sistema:
· Eliminar la relación obrero patronal
· No crear pasivo contingente (primas de antigüedad)
· No responsabilidad laboral
· Eliminación del pago de la carga social
· No elaboración y calculo de nominas
· No responsabilidad de registro y pago ante el IMSS, INFONAVIT y SAR.
· No pago entero de ISPT y 2% sobre nominas
· Recepción de factura por servicio, 100% deducible.
La leyo el patron y claro quedo maravillado ya que se supone que bajan sus impuestos hasta en un 50 % y la carga fiscal ya no es nuestra
mi duda es que tan cierto puede ser que esto funcione , bueno nos dicen que se tiene que dar de baja a los trabajadores de acuerdo a la ley del trabajo , (aguinaldo , vacaciones,3 meses etc.)
y que ellos los contratan como socios y los dan de alta con el salario minimo.
Quisiera saber si esto aplica , y si aplica porque la mayoria de las empresas no adoptan ese sistema .
De antemano gracias
Lore