20/Ago/05 11:37
Hola a todos, ojalá me puedan orientar.
Una SC va a ofrecer los servicios de Médicos y de Enfermería a una empresa (como contratista) Los médicos estarán por nómina en la SC, la pregunta es:
La SC debe facturar con IVA los servicios médicos?
gracias por su atención
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aliciapg
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20/Ago/05 14:07
Re: Servicios Médicos
Mira, sin hacer un analisis profundo, diria que por los servicios medicos no se causaria el IVA, :D en razon del art. 15, XIV de la LIVA que dice:
Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
![:arrow: :arrow:](/modules/Foros/images/smiles/icon_arrow.gif) XIV.-[color=red:94417ea261]Los servicios profesionales de medicina[/color:94417ea261], cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, [color=red:94417ea261]ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles.[/color:94417ea261]
En lo que respecta a los servicios de enfermería estos si causan IVA
:)
"Brindo por que mis versos cual saetas, lleguen hasta las grietas, formadas de metal y de granito, del corazón de la mujer ingrata, que a desdenes me mata, pero que tiene un cuerpo muy bonito"
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CPVICENTEMM
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20/Ago/05 20:19
Re: Servicios Médicos
Gracias CPVICENTEMM, por tu pronta respuesta.
Gracias por tu tiempo
Saludos
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aliciapg
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20/Ago/05 20:41
mis colegas te dieron ya la respuesta..
-Gracias doy al cielo por la merced que me hace, pues tan presto me pone ocasiones delante donde yo pueda cumplir con lo que debo a mi profesión, y donde pueda coger el fruto de mis buenos deseos. "Don Quijote de la Mancha".
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cpsergioguerrero
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21/Ago/05 13:14
Re: Servicios Médicos
Estan en lo correcto .... pero no estoy muy seguro de que los servicios de enfermeria graven IVA porque a mi punto de vista las enfermeras tambien cursan una carrera y tiene reconocimiento ante la SEP....
Aunque el Articulo 31 del RLIVA menciona unicamente a medicos, medicos veterinarios y cirujanos dentistas......
Yo pediria un confirmacion al SAT por los servicios de enfermeria...
O nunca facturaria servicios de enfermeria ...solo servicios medicos....
Ahora tambien.... porque no te avientas un Amparo contra lo Excento y pides que te graven al 0% ya que se que por hay ahi un fundamento para el amparo ya que como la ley dice es un impuesto al valor agregado... o sea al valor que se agrega a los productos o servicios.... y por otra parte es un servicio de primera necesidad como las medicinas y los alimentos
........... Esto es en la exposicion de motivos de los años en que surgio este impuesto y se derogo el Impuesto sobre Ingresos Mercantiles se supone que en este caso los actos excentos como los terrenos y el oro en lingotes no llevan iva porque no se les agrega valor ... o sea tienen un valor intrinseco.... pero este no es el caso de los servicios medicos y de construccion de casa habitacion... ya que en estos servicios si se agrega valor y deberian de ser servicios al 0% por agregar valor y por ser de primera necesidad como los alimentos y medicinas...
Para esto les costaria una buena lana a los doctores por llevar el juicio pero pues si cres que vale la pena abientatelo...
saludos
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EduardoOchoa
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22/Ago/05 8:56
buenos días...
mi estimado Eduardo, acuerdate que las disposiciones fiscales que impongan cargas, son de aplicación estricta cuando se refieran al SUJETO, OBJETO, BASE, TASA O TARIFA, en este caso la exención se les otorgan a los que tengan profesión de medicos (dentistas, galenos y veterinarios), y que tengan titulo para ejercerla, lee al artículo 5 Constitucional en relación al 79 de la Ley General de Salud.
-Gracias doy al cielo por la merced que me hace, pues tan presto me pone ocasiones delante donde yo pueda cumplir con lo que debo a mi profesión, y donde pueda coger el fruto de mis buenos deseos. "Don Quijote de la Mancha".
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cpsergioguerrero
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