mi duda es la siguinte tengo un compañero q le estan haciendo auditorial del ejercicio del 98, esto es posible ya q ya pasaron los 5 años que se puede hacer en este caso.
Si dices que estas ante una revisión fiscal por el ejercicio del 98, dicha revisión es ilegal dado que ya caducaron las facultades de la autoridad para revisar dicho periodo, es más no tienes ni la obligación de proporcionar la contabilidad dado que el término para conservarla es de 5 años, si es que no estas dentro de los supuestos para 10 años.
Ahora bien, tienes de dos sopas, la primera es esperar a que termine la revisión e inmediatamente interponer juicio contencioso administrativo con el agravio de que la autoridad no se encuentra facultada para revisarte ejercicios de más de 5 años, al haber prescrito cualquier acción respecto dicho ejercicio.
La segunda opción, es la de solicitar la declaratoria de prescripción por los ejercicios que te revisan.
[quote:3e3083b7a3="isabelvillarruel"]revisa por favor en que fecha fue presentada esta declaraciòn de 98, para que hagas el conteo de la caducidad.saludos y suerte! :o[/quote:3e3083b7a3]
Agregando un poco, revisa que no le hayan notificado algo en el año 2000 o posterior