Hola Buenas Tardes mi pregunta es la siguiente : ¿ puedo acreditar el credito al salario contra Isr retenido a terceros en pagos del año 2004?
Gracias
cpten Soldado Mensajes:
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26/Ago/05 13:13
Re: Retenciones de Isr
[quote:4fb2bd2024="cpten"]Hola Buenas Tardes mi pregunta es la siguiente : ¿ puedo acreditar el credito al salario contra Isr retenido a terceros en pagos del año 2004?
Gracias[/quote:4fb2bd2024]
A qué periodo corresponden tanto las retenciones como el CAS?
Saludos.
Edgar Enrique Carrillo Sáenz
edgarecs Teniente Coronel Mensajes:
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26/Ago/05 14:13
si se puede art transitorio 2005 art 3 fracc XXV LISR
dragonces Sargento Segundo Mensajes:
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26/Ago/05 14:14
Re: Retenciones de Isr
las retenciones son del 2004 por arrendamiento y el cas seria el pagado en el mismo ejercicio
cpten Soldado Mensajes:
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26/Ago/05 14:17
si pagaste cas a trabajadores de ingresos por arrendamiento espero que si hayas observado el art 173 fracc VI LISR
dragonces Sargento Segundo Mensajes:
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26/Ago/05 14:20
Re: Retenciones de Isr
asi es dragonces
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CPhugoocejo General de Brigada Mensajes:
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26/Ago/05 14:23
Re: Retenciones de Isr
[quote:d780d72a24="cpten"]las retenciones son del 2004 por arrendamiento y el cas seria el pagado en el mismo ejercicio[/quote:d780d72a24]
Sí puedes.
Saludos.
Edgar Enrique Carrillo Sáenz
edgarecs Teniente Coronel Mensajes:
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26/Ago/05 14:23
como lo reafirma CPhugoocejo, es correcta tu apreciación dragonces.
cesar_lc Capitán Primero Mensajes:
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26/Ago/05 14:51
Re: Retenciones de Isr
creo que no me estoy emplicando : una PF renta a una PM el local por lo cual la PM hace las retenciones y las debe pagar en cada mes del año 2004 , ¿ puedo en lugar de pagar las retenciones acreditar contra el cas que la PM pago a sus trabajadores ?
cpten Soldado Mensajes:
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26/Ago/05 14:53
Claro que puedes segun legislación vigente en 2004 art 115 (por el hecho de poder acreditar CAS contra ISR propio y de terceros) y art transitorio 2005 art 3 fracc XXV LISR (para poder acreditar el CAS que no se ha acreditado hasta el 31 de dic de 2004).