29/Ago/05 21:07
SI ESTAMOS HABLANDO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES LA PALABRA LO DICE :
CODIGO CIVIL.
El Código Civil contempla dos tipos de personas morales, también llamadas personas jurídicas colectivas, que son las asociaciones y sociedades civiles.
Las primeras son un grupo de personas, físicas o morales, que se unen para lograr un objetivo que no tiene propósitos económicos preponderantemente, como la cruz roja, el club de leones, etc.
Las segundas, son agrupaciones que teniendo un fín preponderantemente económico no es de lucro, como las sociedades civiles de abogados, médicos, etc.
También hay las sociedades que sí tienen un fín preponderantemente económico y que a la vez es de lucro, como las Sociedades Mercantiles, que se rigen por la Ley General de Sociedades Mercantiles.
También las Sociedades Cooperativas, que igualmente tienen propósito de lucro, pero que persiguen un fín social, ya sea de trabajadores o público en general. Se rige por la Ley de Sociedades Cooperativas.
Otra persona moral es el Estado, ya sea federal, estatal o municipal, que no persigue otro fín que el cumplir con sus funciones de bienestar público y la realización de la Ley. Se rige por la Constitución General de la República, las Constituciones locales, y sus leyes orgánicas.
Las fundaciones son asociaciones o sociedades civiles. Tienen como objetivo lo social, lo científico, etc.