05/Sep/05 10:18
acreditamiento de cas en pp del isr de pm
Hola buenos dias a todos, tengo una duda en cuanto al cas efctivamente pagado, el art 115 de lisr me dice que lo puedo acreditar contra el isr a cargo o retenciones a terceros, yo lo acredito contra el isr a cargo.
Mi duda es si este cas es acumulable para determiner el pago,asi como lo son los ingresos .
ejemplo si de cas tuve en ene.-500, feb, 1000,mzo 300, abril 800, en el calculo para determinar el pago de abril acredito solo 800 o 2600 que es el acumulable???
Esta duda surge por que en el caso de pf las retenciones de isr se acumulan y si los ingresos son acumulables tambien, puede serlo el cas???
Gracias por su ayuda