12/Sep/05 11:21
Re: FORMULARIO 37
Hola, mira el formato 37, lo puedes descargar en la seccion de descargas o si gustas mandarme tu email, te lo envio, en cuanto a los adtos del subsidio lo tendras que sacar con la informacion de tu empresa, si es como mencionas, que los trabajadores acaban de terminar su relacion laboral en tu empresa...
3.20. Cálculo del subsidio acreditable
CALCULO DE PROPORCIÓN CUANDO SE HAYA LABORADO PARA DOS O MAS PATRONES
3.20.1. Los contribuyentes que durante el ejercicio de 2004, percibieron ingresos de los señalados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR, de dos o más empleadores, para calcular el subsidio acreditable a que se refiere el artículo 178 de la citada Ley, deberán determinar la siguiente proporción: Se dividirá la suma del monto de los subsidios acreditables entre la suma de los montos de los subsidios acreditables y no acreditables respecto a dicho ingreso. El cociente que resulte, será la proporción del subsidio acreditable correspondiente.
espero te sirva...saludos
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