12/Sep/05 16:27
Re: se grava el Capital?
Buena tarde:
Espero darme a entender:
[color=red:b20fa86f59]Retención y Entero de ISR por Intereses pagados por el sistema financiero.[/color:b20fa86f59]
El artículo 58 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta dice: Las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, [color=red:b20fa86f59]deberán retener y enterar [/color:b20fa86f59]el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el congreso de la unión para el ejercicio de que se trate en la ley de ingresos de la federación [color=red:b20fa86f59]sobre el monto del capital que de lugar al pago de los intereses, [/color:b20fa86f59]como pago provisional. la retención se enterara ante las oficinas autorizadas, a mas tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel al que corresponda.
[color=red:b20fa86f59]Tasa de Retención de ISR por intereses pagados[/color:b20fa86f59]
En el artículo 23 de la Ley de Ingresos de la Federación establece: Para los efectos de los dispuesto por los artículos 58 y 160, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, durante el ejercicio fiscal de 2005 la tasa de retención anual será del 0.5%.
[color=red:b20fa86f59]Ejemplo:
De una inversión de $300,000.00 establecida a 28 días.[/color:b20fa86f59]
Datos:
Capital $300,000.00
Plazo 28 días
Tasa Bruta 5.25.% anual
Impuesto 0.5%
Determinación Impuesto
.005%/360 = 0.000013889%
$300,000.00 x .000013889 x 28 = 116.67
Determinación Intereses Brutos:
0.0525%/360 = .000146
$300,000 x 000145833 x 28 = 1,225.00
Donde:
Intereses Brutos $ 1,225.00
Menos: Impuesto 116.67
Igual: Intereses Netos 1,108.33