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13/Sep/05 2:27
Verificación del domicilio y vigencia de recibos

Buenos dias foristas, que tengan un buen inicio de semana.

Los puntos que me aturden son:

* Primero, en una devolución, que debió ser automática, de la declaración anual, saldo a favor de ISR por retenciones de un tercero. El cliente es PF que renta espacio comercial a PM por eso hay retención, tanto de IVA como ISR. Concretando el punto, no hubo tal devolución por aparecer el domicilio en la base de datos del SAT como no localizado, y aqui hay un dato curioso a manera de reseña: hace dos años tenia el mismo asunto y metí el escrito-machote que la autoridad da en esta ciudad para tal efecto y paso cerca de 20 días hábiles, en los cuales me di varias vueltas a las oficinas del SAT, y nada. Por fin decido meter nuevamente un escrito pero ahora libre argumentando que por no estar localizado no podia mandar a hacer mis recibos de arrendamiento y por ender no podía cobrar luego entonces no podía cumplir con mis obligaciones de pago de impuestos, vamos el nudo de esto es que dramatice poniendo al SAT como el malo de la historia, y resulto. Y fuí al tercer día: el status era de localizado, obviamente nunca fueron a verificar, de eso estoy seguro. Ahora sucede lo mismo: me dicen que el domicilio fiscal que tengo en la declaración anual aparece en la base de datos como no localizado, por tal motivo no procedio la devolución automática. Pienso hacer una de dos. Uno, meter nuevamente un oficio libre para que verifiquen el domicilio o Dos meter un aviso de cambio de domicilio, por que esta opción es que hace dos años esta colonia era nueva por así decir y no contaba con datos más específicos. ¿Qué me recomiendan hacer?

* Segundo, la vigencia de los recibos como de las facturas para poder expedirlas es de 2 años, sin embargo, se que para las PF se pueden seguir ocupando hasta agotarlas, ¿es cierto esto y donde se fundamenta?

Gracias de antemano por la atención prestada.
 
'Cada quien en su medio es un genio, pero en otro es un imbécil' Albert Eistein
 
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FiscalJoel
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13/Sep/05 10:22
Re: Verificación del domicilio y vigencia de recibos

Checate la regla 2.4.19 de la miscelanea :)
 
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Rigo1604
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14/Sep/05 0:17

Gracias Rigo1604, alguién más que tenga algún comentario.
 
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FiscalJoel
Cabo

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14/Sep/05 0:55
Re: Verificación del domicilio y vigencia de recibos

LA VIGENCIA SEGUN LA REGLA EN COMENTO NO APLICA PARA ARRENDAMIENTO, POR LO CUAL PUEDES SEGUIR UTILIZANDOLOS
.2.4.19. Para los efectos del artículo 29-A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del Código:
I. La vigencia de dos años será aplicable únicamente a personas morales que no tributen conforme al Título III de la Ley de ISR y a personas físicas con actividades empresariales y profesionales, excepto aquellas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas.
II. La numeración de los comprobantes continuará siendo consecutiva, considerando inclusive los comprobantes cancelados al término de su vigencia.
III. Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión
-sin incluir el día- en el entendido de que el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante.

Y LO DE NO LOCALIZADO MEDIANTE ESCRITO LIBRE SOLICITA LA VERIFICACION DEL DOMICILIO COMO 15 DIAS TARDAN EN VERIFICARLO, SALUDOS :evil:
 
'Lo que decimos nos aprisiona mucho más que lo que hacemos, o lo que callamos'
 
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edgarivanp
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