20/Sep/05 11:10
Buenos dias colegas:
Mi pregunta es acerca de una persona moral que a la fecha esta en una etapa de reingenieria y en la cual va a tardar como 1 año en volver a tener operaciones, el accionista mayor me pregunta que si puede dar de baja temporal la empresa y posteriormente reactivarla.
quisiera me orientaran si existen estos 2 tramites y que requisitos debo cumplir para llevarlos a cabo.
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anruba
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20/Sep/05 11:12
Asi es, puedes meter un aviso de suspension de actividades.
Y cuando reanude operaciones metes el aviso de reanudacion de actividades. Por el momento no recuerdo que formato es pero esperemos y alguien nos diga, me parece que es el R2
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JLR_CHD
Cabo
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20/Sep/05 11:25
Re: existe ¡¡¡¡¡¡¡
si se puede suspender y reactivarla mediante al formato r2, pero en ese periodo de reingenieria se van a realizar inversiones o gastos en la empresa???????? por que de ser asi, los gastos realizados en ese periodo no los podras deducir ya que estas suspendido.
saludos...........
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ivangm
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20/Sep/05 11:40
Re: existe ¡¡¡¡¡¡¡
gracias por sus comentarios voy a checar los requisitos en el formato 2 y sobre la pregunta de si va a tener gastos en este periodo, en un principio se comento que no habria pero en caso de que existieran no habria forma de hacerlos deducibles????????????
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anruba
Soldado
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20/Sep/05 11:44
Como lo menciono ivangm, no los podrias deducir ya que se supone que estas en SUSPENCION DE ACTIVIDADES
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JLR_CHD
Cabo
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20/Sep/05 11:55
Re: existe ¡¡¡¡¡¡¡
Lo mejor es mantenerte activo, para las deducciones que pudiera tener, seguramente sueldos de algunos trabajadores (parte de la reingeniería) capacitadotes tal vez, todos esos gastos generarían una perdida que no podrías compensar, lo único de lo que debes de estar pendientes es presentar los pagos provisionales en ceros (puesto no tienes ingresos) y las retenciones a las que estés obligado, ya sea en cero o las que hayas efectuado.
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mtapia
Cabo
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20/Sep/05 12:03
Re: existe ¡¡¡¡¡¡¡
puedes presentar con la forma R-2 la suspension de actividadesy posteriormente le reanudacion de actividades y lo puedes hacer por internet, solo necesitas la ciec, eso si, si la empresa realiza erogaciones durante el periodo de suspension , dichas erogaciones seran no deducibles.
saludos.
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CPhugoocejo
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20/Sep/05 16:04
Re: existe ¡¡¡¡¡¡¡
Pudes tomarlo en cuenta como gastos preoperativos, siempre que estes seguro que en ese año se van hacer inversiones, si no solo presentas un form-r-2 con suspencion de actividades. Cuando vuelva a estar vigente se presenta otro formato de reactivacion de actividades... :P
La esperanza es decidir triunfar en cada circunstancia que nos toca vivir..
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Myshiru
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