26/Sep/05 21:50
Momentos de acreditar IVA P.F.
Hola colegas, tengo esta duda: Si soy persona fisica, act emp y tributo en el régimen intermedio, adquirí unvehiculo en Enero 2005, MOI $ 100,000.00 más IVA 15%, pero, lo voy a pagar en 18 meses, dí de enganche $ 25,000.00 en Enero 05, y el saldo a pagar en 18 meses a partir de esta fecha. Mi criterio para acreditar el iva, es que debe ser proporcional el iva a acreditar por cada mes pagado, y no acreditar el iva en su totalidad, porque no se pagado de contado, pero un contador me comenta que no, que esto funciona unicamente para deducciones(gtos), más no para inversiones, entonces, ¿Cual será el criterio correcto?, agradesco sus opiniones, al respecto y si me pueden indicar el fundamento de ley en caso que, el contador tenga razón. Gracias.
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Fiscaleño
Cabo
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26/Sep/05 21:57
Re: Momentos de acreditar IVA P.F.
Como lo comentas el Impuesto al Valor AGregado se deberá de acreditar proporcionalmente, es decir, lo deberás acreditar al momento en que lo hayas pagado y no en su totalidad ya que recordemos que a partir de 2003 el IVA se causa por flujo efectivo.
Si realizaste el pago por 25,000.00 deberás acreditar solamente el iva de dicha partida, y de manera consecutiva en los pagos mensuales que realices.
El fundamento de lo anterior lo encuentras en el primer párrafo del artículo 1-B de la ley de la materia, pues en dicho ordenamiento te hace referencia a que los anticipos se consideran como efectivamente pagados cuando realizas el acto que extingue la obligación.
Salduos!
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Abogado
Capitán Segundo
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26/Sep/05 22:15
de acuerdo con el compañero ABOGADO particularmente dio el fundamento y lo explico de manera breve bravo ABOGADO
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rdavidcg
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26/Sep/05 23:07
Re: Momentos de acreditar IVA P.F.
Creo que el contador que dices se confundió respecto a la cantidad de acreditamiento según los artículos 5A 5B y 5C de la LIVA, respecto al acreditamiento del iva en inversiones.
Sin embargo, en cuanto al momento de acreditamiento, es correcta tu apreciación, debes de tomar en cuenta sólo lo efectivamente pagado, independientemente si son gastos o inversiones. La ley es clara en cuanto a eso, pues te dice que aún los anticipos efectuados, deben considerarse para efectos de IVA.
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ferchinando
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26/Sep/05 23:46
Re: Momentos de acreditar IVA P.F.
Les doy las gracias, a todos, muy acertados y breves sus comentarios, me quedo ya seguro con lo que pensaba, ya ven que de repente dudamos, pero tres cabezas piensan mejor que una, gracias a todos muy acertados. hasta luego.
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Fiscaleño
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