03/Oct/05 15:54
HOLA MI DUDA ES LA SIGUIENTE ESPERO ME PUEDAN AYUDAR:
UN TRANSPORTISTA QUE RENTA UN CAMIONDE VOLTEO A UNA PERSONA MORAL TIENE QUE RETENER EL 4% DE IVA O EN QUE CASOS ME RETIENEN EL 4% DE IVA ESPERO SUS OPINIONES POR FAVOR OJALA Y ME LAS PUDIERAN FUNDAMENTAR GARCIAS.
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FARITO
Soldado
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03/Oct/05 16:01
Re: IVA 4% AYUDA POR FAVOR
Dicha retención solamente aplica cuando una persona física o moral prestan servicios de autotransporte a una persona MORAL, en tu caso no debe existir retención del 4% dado que la actividad no se deriva del servicio de autotrasporte, el fundamento lo encuentras en el mismo artículo 1-A fracción II inciso c) en relación con la resolución miscelanea 5.1.1.
Saludos!
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Abogado
Capitán Segundo
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03/Oct/05 16:10
La persona moral le tiene que retener a la persona física, en el caso de transportistas, el 4%, esto es en el caso de que dicha persona moral reciba servicios de autotrasporte (Art. 1-A inciso c)), pero si la persona física le renta el camión de volteo a la persona moral, entonces a mi punto de vista, el transportista tendria ingresos por arrendamiento el cual graba al 15%, y no le tendrían que retener IVA.
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Magguie
Soldado
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03/Oct/05 17:39
Re: IVA 4% AYUDA POR FAVOR
La LIVA en su articulo 1-A establece:
Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
I. Sean instituciones ...
II. Sean personas morales que:
c) Reciban servicios de [color=red:3cbc974ed1]autotransporte terrestre de [size=18:3cbc974ed1]bienes[/size:3cbc974ed1][/color:3cbc974ed1], prestados por personas físicas o morales.
Por lo anterior es que la PM le retiene a la PF.
"Brindo por que mis versos cual saetas, lleguen hasta las grietas, formadas de metal y de granito, del corazón de la mujer ingrata, que a desdenes me mata, pero que tiene un cuerpo muy bonito"
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CPVICENTEMM
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04/Oct/05 14:51
Re: IVA 4% AYUDA POR FAVOR
NO SE REALIZA RETENCION LA RETENCION ES SOLO CUANDO PRESTA EL SERVICIO PERO EN TU CASO ES [u:d025e3cf98]ARRENDAMIENTO[/u:d025e3cf98] POR LO MISMO NO APLICA LO QUE INDICA LA LEY DEL IVA EN RETENCION
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FECREYES
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04/Oct/05 15:05
En este caso no hay retencion del 4% por que no cae en en el inciso c) del 1-A F-II LIVA
Pero checa esto
II. Sean personas morales que:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes,
prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
por lo tanto la retención es del 10%
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chelas
Sargento Primero
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04/Oct/05 15:10
[quote:c54e2a27e2="chelas"]En este caso no hay retencion del 4% por que no cae en en el inciso c) del 1-A F-II LIVA
Pero checa esto
II. Sean personas morales que:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes,
prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
por lo tanto la retención es del 10%[/quote:c54e2a27e2]
asi es, en este caso se trata de retencion de UN BIEN, y la retencion es del 10%. 2/3 partes.
saludos
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carlos2005
Sargento Segundo
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