Re: ESCULTURAS PINTURAS Y DIBUJOS ART GRAVADAS AL CERO O EXE
Martigon:
En principio no veo en dónde puedas encuadrar las pinturas y dibujos que mencionas en el artículo 2-A de la LIVA que regula los actos al 0%... a no ser que dichas pinturas y dibujos contentan un mínimo de 80% de oro, que no creo que sea el caso.
Por otra parte, para que le sea aplicable la exención del artículo 9, lo que tendrías que enajenar es el derecho para usar o explotar la obra, y tiene que ser enajenación realizada por el autor.
¿Cuál es el caso particular? ¿Estamos hablando de una enajenación de derechos?