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Mensaje Autor

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03/Nov/05 14:37

[quote:5b30b492f7="CPLIZFLORES"]jifaras y cavas gracias por sus aportaciones solo que jirafas a ver si entendi lo que mencionas, algo caso omiso del requerimiento y preparao los avisos pertinentes y luego espero la multa?[/quote:5b30b492f7]

Desde mi perspectiva lo veo asi, no hagas caso requerimiento (que una vez mas es evidente que no cumple requisitos necesarios e indispensables), por lo que no debe producir consecuencia jurídica alguna, sin embargo es claro que la Autoridad al detectar que no estas al corriente con tus obligaciones te va a fincar un crédito fiscal, pero cuando lo haga, atacas el requerimiento para dejarlo sin efectos y por consiguiente la multa.

Espero me hayas entendido.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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09/Nov/05 11:10
Re: Requerimiento del Estado

Mi única observación es que hay que cuidar la parte de la garantía del interés fiscal.

No hay que olvidar que cuando uno se va a pelear en contra de un crédito ante los tribunales, se debe de garantizar el monto del crédito más los recargos que se puedan generar, etc., etc.,

Por lo anterior, entre más créditos sean los que tengas que pelear, mayor será la garantía que tienes que dar.

Tal vez valga la pena solamente pelear la multa y no esperar a que te finquen un crédito.

Pero en realidad ya depende de cada quien elegir la estrategia que más convenga.

Salud!

Vala
 
Vala
 
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Vala
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