02/Nov/05 10:29
Re: Pastelería con venta de café
Colegas:
Me parece que en este tipo de casos es importante distinguir entre la venta de pasteles y el servicio de restaurante.
Como lo comenté en un tópico anterior similar a éste, la regla miscelánea a la que se hace referencia indica que no se considera que son alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en el que se enajenen a los pasteles o galletas, por lo que llevan la tasa 0%.
Pero, como menciona el colega Cavas, en este caso como se trata de un servicio de restaurante, ya no estaríamos hablando de la sola enajenación del pastel, sino de un conjunto de servicios que van implícitos en este servicio.
En ocasiones se toma a esa regla miscelánea como una facilidad para los restaurantes en materia de IVA para que éste no se cobre por la venta de pasteles o galletas, lo cual es incorrecto ya que no es la finalidad de la regla, y el aplicarlo así puede tener consecuencias no deseables para el contribuyente.
Estimado Cavas, es un gusto tenerlo de vuelta por estas renovadas tierras y compartir nuevamente estos espacios con usted después de algunos años. Espero que su estancia en el extranjero haya sido de provecho.
Au votre santé!
Vala
Vala