05/Dic/05 18:50
tengo una duda el despacho que me asesora,,,dice que,,,,el credito al salario pagado en efectivo solo es un dato informativo,,,que no se utiliza para nada en el calculo anual,,,,entonces para que,,,,yo necesito este dato??en que se usa??
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marycasey
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05/Dic/05 19:13
Re: isr anual 2005
Efectivamente una omision legislativa de nuestros brillantes disputados, y senadores (que por cierto cobran buenos bonos de fin de año por hacer tonteras y enredos) no permiten acreditmaiento del subsidio ni CAS en el ISR anual por salarios 2005. Empero el acreditamiento del subsidio se puede solventar mediante la aplicacion de las tarifas de la Regla miscelanea 2005 3.19.3. ¡Ojala que antes de que salgan de vacaciones los del SAT o del perjecutivo emitan una disposicion que ayude a solucionar esta injusticia.
Saludos
Linoil :x :D :o :?:
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Linoil
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07/Dic/05 10:09
Re: isr anual 2005
Claro que hay que considerar que si de una forma conservadora aplicas el procedimiento de 2004, como es probable que mediante reglas de última hora (o de último minuto) el SAT así lo indique, entonces el CAS no es solamente un dato informativo, ya que éste sí se aplicaría para el cálculo de los trabajadores a los que el patrón les debe efectuar el cálculo del impuesto.
Además, si no se llegaran a publicar reglas, hay que recordar que se podría aplicar la Exclusión General, que es más benéfica para muchos trabajadores que el subsidio y CAS juntos.
A ver qué sorpresas nos da la autoridad en estas fechas.
Salud!
Vala
Vala
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Vala
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