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1.5. AMPAROS CONTRA EL COSTO DE VENTAS
Mediante un acuerdo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de fecha 16 de junio de 2005, se indicó a los Tribunales Colegiados de Circuito que aplacen el dictado de las resoluciones relativas al amparo en contra de las disposiciones de la deducción del costo de lo vendido contenidas en la Ley del ISR vigente en 2005, hasta en tanto el Pleno de la Corte resuelva la contradicción de tesis número 89/2005, la cual versa sobre la naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa de dichas disposiciones, lapso en el cual no correrán los términos de la caducidad.
A la fecha de publicación de este trabajo, dicha contradicción de tesis no ha sido resuelta, por lo que los juicios de amparo en contra de estas disposiciones aún siguen sin definirse.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.