22/Feb/06 13:47
Re: CONCEPTOS QUE INCLUYE EL SUBSIDIO
ALABAGU, TE COPIO PARTE DEL ARTICULO PUBLICADO POR FISCALIA SOBRE EL TEMA:
Cálculo del porcentaje de Subsidio Acreditable para 2006
Dentro del monto de los pagos por salarios gravados (PS), no se incluyen los viáticos exentos de impuesto según el Artículo 109 de la Ley del ISR.
Dentro del total de erogaciones (ES) se incluyen aquellas proporcionadas a los trabajadores, aun cuando no sean deducibles para el empleador, ni el trabajador esté sujeto al pago del impuesto por el ingreso derivado de las mismas, incluyendo, entre otras:
· Inversiones y gastos efectuados en relación con previsión social · Servicios de comedor · Comida · Transporte
Se excluyen del total de erogaciones[/b:f4c0446509] (ES): · Útiles · Instrumentos · Materiales necesarios para la ejecución del trabajo · [b:f4c0446509]Cuotas patronales pagadas al IMSS · Aportaciones patronales al Infonavit o al ISSSTE y al SAR
Cuando la proporción determinada sea inferior al 50% no se tendrá derecho al subsidio.I
NCLUSIÓN DE SALARIOS MÍNIMOS GENERALES
Cada ejercicio se establece mediante regla miscelánea, que para determinar el subsidio los empleadores considerarán dentro del monto total de los pagos efectuados por salarios (PS), a las erogaciones que se hayan efectuado a sus trabajadores por concepto de salario mínimo general del área geográfica del contribuyente de que se trate, aun cuando dichos trabajadores no se hubieren encontrado afectos al pago de dicho impuesto por las cantidades percibidas por concepto de salario mínimo general. Actualmente esta obligación se encuentra en la Regla 3.13.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005.
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'