Estimadoso Colegas, me surge una situacion en la que nunca me habia visto en el corto treyecto que llevo de contador, para la cual requiero de su ayuda. Una persona fisica del regimen intermedio, agente inmobiliario, esta por contratar una persona extranjera, esta persona recibira por concepto de honorarios la cantidad de 7,000.00 pesos mensuales, para lo cual se estan llenando unas cartas dirigidas a migracion informandole del cambio de su antiguo empleo a este. Pero en materia fiscal que procede?
Es exactamente el mismo tratamiento como si fuera un trabajador nacional, lo que si debes estar al pendiente es que este trabajador tenga permiso por parte de la SRE (INM) a través de la FM3 para desempeñar las labores ahi indicadas.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS