PARA LOS REPECTOS ACTUALMENTE EN JALISCO, EXISTE LA OPCION (NO ESTOY SEGURA SI ES SOLO OPCION) DE PAGAR CON UNA CUOTA FIJA, LIBERANDOLOS DE ALGUNAS DE SUS OBLIGACIONES, SIN EMBARGO EL PAGAR DE ESA MANERA ES MUY CARO PARA ALGUNOS...
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE...
¿DEBO APEGARME AL PAGO DE CUOTAS CONFORME LO OFRECE EL ESTADO O PUEDO SEGUIR PAGANDO CONFORME LA LISR, INDEPENDIENTEMENTE DE LA CARGA ADMISTRATIVA QUE ESTO GENERA...?
El cobro de la cuota bimestral está establecida en un Decreto del Ejecutivo publicado el 8 de diciembre de 2005 en el Diario Oficial de la Federación.
El problema de este decreto es que la opción que otorga es para los Estados. Por medio de esta opción los Estados pueden fijar cuotas bimestrales a los Repecos.
De la redacción del decreto no se desprende que los Repecos tengan la opción de elegir una forma de pago u otra. En principio, si Jalisco celebra el convenio con la Federación y cobra la cuota bimestral, todos los Repecos de ese estado estarían obligados a pagar las cuotas bimestrales.
En mi opinión falta clarificación de estos procedimientos por parte del SAT, ya que en principio no me parece que el Decreto pueda sobrepasar lo que la Ley establece, sobre todo si el decreto establece algo que perjudica al contribuyente.