Las deducciones que se consideran para la PTU son básicamente las mismas que para determinar el resultado fiscal, pero con la diferencia de que no se le dan efectos inflacionarios a dicho cálculo.
Es por eso que se excluyen los efectos del ajuste inflacionario y las depreciaciones se toman sin actualización, entre otras consideraciones señaladas en el artículo 16 de la Ley del ISR.
No presisamente se considera la contable. Como atinadamente comenta "cavas" los efectos inflacionarios no se deben de tomar en cuenta. A demas considera que si tienes adquisiciones de activo fijo nuevas, puedes considerar el importe que te resulte de multiplicar el MOI por el porciento maximo autorizado, es decir, aun que no lo hayas tenido el ejercicio completo, puedes conciderar el importe que antes mencione. (no lo dividas entre 12 y lo multipliques por el numero de meses de uso). Esto si es que quieres disminuir la base para PTU.