03/May/06 16:30
Re: declaracion en ceros internet
[quote:e5568d3d8f="CHAVALON"][quote:e5568d3d8f="cpavaldo"][size=18:e5568d3d8f][color=red:e5568d3d8f]presentas una correcion de datos [/color:e5568d3d8f][/size:e5568d3d8f]y el escrito lo presenta cuando te notifiquen tu cambio de regimen(el sat lo hace automaticamente y te manda una notificacion diciendote el dia k presentaste el pago provisional y desde cuando cambiastes de regimen)
el documento k mandan dice algo asi:
POR ESTE MEDIO SE LE INFORMA QUE DE ACUERDO CON EL PAGO POR CONCEPTO DE ISR PERSONA FISICA.ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL CORRESPONDIENTE AL PAGO DEL MES DE _______PRESENTADO TAL DIA__________ Y DE ACUERDO AL LO PREVISTO LA REGLA 2.318 DE LA RES MISCELANEA PARA 2005
DESPUES TE PONEN DESDE K DIA PERTENECEA A ESE REGIMEN
BLABLABLABLABLA[/quote:e5568d3d8f]
HAY QUE SABER A QUE MES CORRESPONDE, PUESTO QUE LA REGLA 2.3.18, MENCIONA QUE OCURRE CUANDO SE PRESENTA LA PRIMERA DECLARACIÓN DEL 2006.
2.3.18. Para los efectos del artículo 134 de la Ley del ISR en relación con el último párrafo del artículo 6o. del CFF, se considerará que los contribuyentes que en el ejercicio fiscal de 2005 tributaron en la Sección II o III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, optan por tributar conforme a la Sección I de dicho Capítulo, [color=blue:e5568d3d8f]al realizar su primera declaración de pago correspondiente al primer mes del ejercicio fiscal de 2006, en este último régimen[/b:e5568d3d8f][/color:e5568d3d8f]. Esta opción no podrá variarse durante el mismo ejercicio, y se considerará ejercida a partir del 1o. de enero del año de que se trate.
Asimismo, se considerará que los contribuyentes que en el ejercicio fiscal de 2005 tributaron en la Sección I o III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, optan por tributar conforme a la Sección II del Capítulo citado, [color=blue:e5568d3d8f][b:e5568d3d8f]al realizar su primera declaración de pago correspondiente al primer mes del ejercicio fiscal de 2006[/color:e5568d3d8f], en este último régimen, siempre que cumplan con los requisitos a que se refiere el artículo 134 de la Ley del ISR. Esta opción no podrá variarse durante el mismo ejercicio, y se considerará ejercida a partir del 1o. de enero del año de que se trate.
Lo dispuesto en esta regla no será aplicable, cuando se presente la primera declaración del ejercicio fiscal de 2006 en términos de las reglas 2.14.2. o 2.15.2. de la presente Resolución.[/quote:e5568d3d8f]
la presentacion erronea fue el dia de ayer, antes de presentar la declaracion anual.